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Domingo 28 de Abril del 2024
Hora: 16:40






























CONSEJO DE REGENTES

 

Gestión Academica

 

Gestión Administrativa

 

Posgrado

 

INSCRIBETE

 

ALUMNI

 

Resolución miércoles, 13 de diciembre del 2023



590-12-2023

CONSEJO UNIVERSITARIO

UNIVERSIDAD SAN GREGORIO DE PORTOVIEJO

 

CONSIDERANDO

Que, el Art. 26 de la Constitución del Ecuador determina que: “La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir”.

 

Que, el Art.  350 de la Constitución del Ecuador señala: “El sistema de educación superior tiene como finalidad la formación académica y profesional con visión científica y humanista; la investigación científica y tecnológica; la innovación, promoción, desarrollo y difusión de los saberes y las culturas; la construcción de soluciones para los problemas del país, en relación con los objetivos del régimen de desarrollo”. 

 

Que, el Art. 351 de la constitución establece que: “... Este sistema se regirá por los principios de autonomía responsable, cogobierno, igualdad de oportunidades, calidad, pertinencia, integralidad, autodeterminación para la producción del pensamiento y conocimiento, en el marco del diálogo de saberes, pensamiento universal y producción científica tecnológica global”.

 

Que el artículo 355 de la Constitución del Ecuador, entre otros principios, establece que el Estado reconocerá a las universidades y escuelas politécnicas autonomía académica administrativa, financiera y orgánica, acorde con los objetivos del régimen de desarrollo y los principios establecidos en la Constitución.

 

Que, la Ley Orgánica de Educación Superior en el artículo 4 indica: “El derecho a la educación superior consiste en el ejercicio efectivo de la igualdad de oportunidades, en función de los méritos respectivos, a fin de acceder a una formación académica y profesional con producción de conocimiento pertinente y de excelencia. Las ciudadanas y los ciudadanos en forma individual y colectiva, las comunidades, pueblos y nacionalidades tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo superior, a través de los mecanismos establecidos en la Constitución y esta Ley”.

Que, el Art. 18 de la Ley Orgánica de Educación Superior, reconoce a las universidades y escuelas politécnicas, autonomía responsable para la elaboración de sus planes y programas de estudio, dentro del marco señalado por dicho cuerpo legal;

 

Que, el artículo 93 de la LOES determina que: “El principio de calidad establece la búsqueda continua, auto-reflexiva del mejoramiento, aseguramiento y construcción colectiva de la cultura de la calidad educativa superior con la participación de todos los estamentos de las instituciones de educación superior y el Sistema de Educación Superior, basada en el equilibrio de la docencia, la investigación e innovación y la vinculación con la sociedad, orientadas por la pertinencia, la inclusión, la democratización del acceso y la equidad, la diversidad, la autonomía responsable, la integralidad, la democracia, la producción de conocimiento, el diálogo de saberes, y valores ciudadanos”

Que, el artículo 107 de la LOES expresa: “Principio de pertinencia. El principio de pertinencia consiste en que la educación superior responda a las expectativas y necesidades de la sociedad, a la planificación nacional, y al régimen de desarrollo, a la prospectiva de desarrollo científico, humanístico y tecnológico mundial, y a la diversidad cultural. Para ello, las instituciones de educación superior articularán su oferta docente, de investigación y actividades de vinculación con la sociedad, a la demanda académica, a las necesidades de desarrollo local, regional y nacional, a la innovación y diversificación de profesiones y grados académicos, a las tendencias del mercado ocupacional local, regional y nacional, a las tendencias demográficas locales, provinciales y regionales; a la vinculación con la estructura productiva actual y potencial de la provincia y la región, y a las políticas nacionales de ciencia y tecnología”.

 

Que, el Art. 118 de la LOES determina que: “Niveles de formación de la educación superior. Los niveles de formación que imparten las instituciones del Sistema de Educación Superior son: a) Tercer nivel técnico-tecnológico superior….b) Tercer nivel de grado, orientado a la formación básica en una disciplina o a la capacitación para el ejercicio de una profesión; corresponden a este nivel los grados académicos de licenciatura y los títulos profesionales universitarios o politécnicos y sus equivalentes”.

Que, la Disposición General Quinta de la LOES expresa: “Las universidades y escuelas politécnicas elaborarán planes operativos y planes estratégicos de desarrollo institucional concebidos a mediano y largo plazo, según sus propias orientaciones. Estos planes deberán contemplar las acciones en el campo de la investigación científica y establecer la articulación con el Plan Nacional de Ciencia y Tecnología, Innovación y Saberes Ancestrales, y con el Plan Nacional de Desarrollo”. 

 

Que, el artículo 26 del Reglamento de Régimen Académico del Consejo de Educación Superior expresa que: “Requisitos y opciones de titulación en el tercer nivel. Cada IES determinará en su normativa interna los requisitos para acceder a la titulación, así como las opciones para su aprobación. Los créditos correspondientes a las opciones de titulación estarán incluidos en la totalidad de créditos de la carrera. Se podrá emitir el título respectivo únicamente cuando el estudiante apruebe todos los requisitos académicos y administrativos establecidos por las IES, lo que constará en el acta consolidada de finalización de estudios, de conformidad con el artículo 85 de este Reglamento”.

Que, el Reglamento de Régimen Académico del Consejo de Educación Superior en el artículo 32 establece: “Investigación formativa en el tercer nivel. La investigación formativa en el tercer nivel propende al desarrollo de conocimientos y destrezas investigativas orientadas a la innovación científica, tecnológica social, humanística y artística. En lo referente a la formación técnica -tecnológica y de grado, se desarrollará mediante el dominio de técnicas investigativas de carácter exploratorio en relación a la creación, adaptación e innovación tecnológica. En tanto que las carreras artísticas deberán incorporar la investigación sobre tecnologías, modelos y actividades de producción artística. Con relación a los otros campos profesionales, la investigación para el aprendizaje se desarrollará en el campo formativo de la epistemología y la metodología de investigación de una profesión, mediante el desarrollo de actividades o proyectos de investigación de carácter exploratorio y/o descriptivo…”.

 

Que, el artículo 59 del Reglamento de Régimen Académico del Consejo de Educación Superior expresa: “Modalidad híbrida. La modalidad híbrida es aquella en la que los componentes de aprendizaje en su totalidad, en contacto con el docente y el práctico experimental se desarrollan mediante la combinación de actividades presenciales, semipresenciales, en línea y/o a distancia”.

 

Que, el artículo 62 del Reglamento de Régimen Académico del Consejo de Educación Superior expresa: “Condiciones y restricciones en la oferta académica de carreras y programas. Las IES podrán ofertar carreras y programas en modalidad de estudios semipresencial, en línea y a distancia cuando cuenten con la capacidad instalada a nivel de infraestructura y planta docente. El CES determinará y revisará periódicamente la lista de las carreras y programas que no podrán ser impartidos en las modalidades de estudios semipresencial, en línea y a distancia.

 

Que, el artículo Art. 9 del Estatuto de la Universidad San Gregorio de Portoviejo señala: “OBJETIVOS. La Universidad San Gregorio de Portoviejo, tiene como objetivos: a) Impulsar el desarrollo y formación integral del estudiante, a través de una oferta de servicios con calidad, relevancia y pertinencia… c) Aportar al fortalecimiento local y nacional, por medio del trabajo comunitario y la vinculación con la sociedad...”.

 

Que, el Estatuto de la USGP en el artículo 11 señala: “La Universidad San Gregorio de Portoviejo, elaborará planes operativos y planes estratégicos de desarrollo institucional, concebidos a mediano y largo plazo, articulados con el Plan Nacional de Ciencia y Tecnología, Innovación y Saberes Ancestrales, y con el Plan Nacional de Desarrollo, para el Buen Vivir”;

 

Que, a través de la Resolución RPC-SO-36-NO.677-2017, adoptada por el Consejo de Educación Superior, el 04 de octubre de 2017, se resolvió: “Artículo 1.- Aprobar Jos siguientes proyectos de rediseño curricular de las carreras de tercer nivel presentadas por varias universidades del país, cuya descripción consta a continuación:

Artículo 2. - Las carreras aprobadas en el artículo 1 de la presente Resolución, tendrán un periodo de vigencia de seis (6) años, contados desde su aprobación. Artículo 3." Las universidades ejecutarán las carreras aprobadas de conformidad con los informes y las mallas curri culares que constan anexas a la presente Resolución”.

Que, mediante comunicación del 11 de diciembre de 2023, la Abogada Yokir Reyna Zambrano, Directora del Área Académica Social y Coordinadora de la Carrera de Derecho de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, hace conocer a la Rectora, Dra. Ximena Guillén Vivas, lo siguiente: “Estimada doctora, un gusto saludarle y a la vez me permito remitir para su conocimiento, análisis y aprobación del Consejo Universitario la presentación de la nueva modalidad híbrida de la Carrera de Derecho…”.

 

Que, el Proyecto Académico de Carrera de Derecho de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, en modalidad híbrida, contiene la siguiente información: “…Información de la carrera/programa * Datos generales:  Tipo de trámite propuesto:  NUEVO. Proyecto Innovador: No. Nivel de formación: Tercer nivel de grado Modalidad de estudios/aprendizaje:             Híbrida. Descripción de la ejecución de la modalidad:  La carrera de Derecho, nivel superior, se ejecutará mediante la modalidad hibrida, acorde al artículo 54 y 57 del Reglamento de Régimen Académico. La Carrera de Derecho, bajo la modalidad híbrida está diseñada teniendo en cuenta una duración de 8 periodos académicos con un total de 6516 horas estructurada en Unidad Básica (primer, segundo y tercer nivel) y Unidad Profesional (cuarto, quinto, sexto, séptimo y octavo nivel) que culmina con la Unidad de Integración curricular que ejecutará acciones para la titulación de los estudiantes. La carrera de Derecho modalidad híbrida pretende darle la oportunidad a personas que trabajan, el estudiar una carrera de tercer nivel de formación mejorando sus habilidades y competencias laborales. El horario de clases será de manera sincrónica mediante la plataforma Zoom y aulas áulicas; y, asincrónica a través del Entorno Virtual de Aprendizaje (EVA) que es una herramienta de gestión de aprendizaje bajo el sistema MOODLE, desde las 18HOO Hasta las 22H00, 3 días a la semana, una sesión o dos sesiones mensuales de acuerdo a lo establecido en la malla curricular de manera presencial en el campus Universitario. Proyecto en red (Si/No): No. Integrantes de la red: No aplica. Campo amplio: Administración de Empresas y Derecho. Campo específico: Derecho. Campo detallado: Derecho. Carrera o programa:                     Derecho: Titulación: Abogado/a. Resumen de la descripción micro curricular de la carrera/programa. Número de períodos académicos ordinarios: 8: Numero de semanas por periodo académico: 16: Total de horas/créditos de la carrera/ programa: 6320/ 131,67: Total de horas del aprendizaje en contacto con el docente: 1392: Total de créditos del aprendizaje autónomo: 2620: Total de créditos del aprendizaje práctico-experimental: 1748. Total de horas/créditos de prácticas preprofesionales: 500: Total de horas /créditos de las prácticas de servicio comunitario: 60: Total de horas / créditos de la Unidad de Titulación: 240: Número de estudiantes por cohorte: 60: Número de asignaturas: 44: Itinerario/Mención: No aplica 3. Resumen de la propuesta de la carrera o programa y cumplimiento de los requisitos académicos (objetivo general, objetivo específico, estudio del proyecto, perfil de egreso, líneas de investigación, vinculación con la sociedad y prácticas pre profesionales). Los objetivos de la carrera se ajustan a los establecidos en el Catálogo Nacional de Cualificaciones profesionales generado por la Secretaría Técnica del Sistema Nacional de Cualificaciones que se encuentra vigente y cuyo objetivo primordial es el de Impulsar y gestionar el Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales con efectividad, responsabilidad y transparencia, promoviendo la capacitación y certificación, para fortalecer y reconocer las competencias del talento humano del país , abarcando desde la comprensión de los mercados a nivel nacional e internacional hasta la evaluación crítica de políticas económicas. Objetivo general: Formar profesionales de Derecho con alto desarrollo del pensamiento crítico para la comprensión de la norma jurídica, su doctrina y jurisprudencia para la aplicación institucional de su práctica en el marco ético y del ejercicio profesional. Objetivos específicos: Comprender la Constitución ecuatoriana y el marco jurídico que se desprende de ella para el ejercicio profesional para la defensa de la ciudadanía en el Sistema Nacional de Justicia. Asegurar el desarrollo del sistema jurídico ecuatoriano demostrando en su actuación ética y compromiso profesional en el ejercicio del Derecho. Preparar al abogado para el litigio en defensa de la ciudadanía ejerciendo el Derecho desde la jurisprudencia existente, la normativa y la buena práctica procesal. Objeto de estudio del proyecto: La carrera estudia, desde la teoría general del derecho, los principios y normas que regulan las interacciones sociales con una visión integral e integradora para la transformación de la  práctica del derecho en sus diferentes áreas y la búsqueda de la armonía social para la gestión de estrategias de aplicación e intervención en los paradigmas que estructuran el Estado, así como en el ejercicio y protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos con enfoque de igualdad de géneros e interculturalidad. Perfil de ingreso: La carrera de Derecho requiere aspirantes con un adecuado nivel de pensamiento crítico y con habilidades lectoras y comunicativas adecuadamente estimuladas asegurando su capacidad para comprender el derecho desde el análisis hermenéutico y su aplicación desde el enfoque de instituciones jurídicas. El Reglamento de Régimen académico de la USGP en su Capítulo I Admisión y Nivelación, artículo 33, menciona que, para la admisión de nuevos estudiantes, la Universidad San Gregorio de Portoviejo, ejecutará su propio sistema de admisión y nivelación institucional en coordinación con el Sistema Nacional de Admisión y Nivelación (SNNA) garantizando la igualdad de oportunidades y equidad a todos los aspirantes sin distinción de sexo, religión, cultura, ideología o condición socio económica. La Universidad San Gregorio de Portoviejo nivelará en conocimientos a los y las estudiantes que obtuvieron cupo en carreras de la oferta académica institucional, se desarrollan dos modalidades de ingreso, la primera mediante un examen directo y la segunda a través de un curso de nivelación que se desarrolla en un periodo de 4 semanas (un mes) con el objetivo de nivelar en conocimientos a los y las estudiantes que obtuvieron cupo en carreras de la oferta académica institucional. Requisitos de ingreso: 1. Poseer título de bachiller o su equivalente, de conformidad con la Ley. 2. Haber cumplido los requisitos del proceso de ingreso de la USGP. 3. Para casos de movilidad interna o externa cumplir con los requisitos establecidos en el Art. 96 del Reglamento de Régimen Académico para cambios. Perfil de egreso: El profesional en Derecho, deberá tener un sólido conocimiento en las teorías jurídicas y los principios fundamentales que rigen el sistema jurídico. Habrá desarrollado habilidades avanzadas de pensamiento crítico, con una capacidad excepcional para el análisis hermenéutico y la aplicación de conceptos jurídicos. Además, el egresado contará con habilidades lectoras y comunicativas debidamente estimuladas, lo que garantiza su capacidad para comprender y comunicar eficazmente el derecho en diversos contextos. En el ámbito práctico, el profesional en Derecho estará preparado para abordar situaciones jurídicas complejas. El profesional alcanzara suficiencia en el idioma inglés en nivel B1 en referencia al Marco Común Europeo, artículo 64 literal b del Reglamento de Régimen Académico. La Universidad garantiza el nivel a través del Centro de Idiomas y San Gregorio School of Languages ¿Qué resultados de aprendizaje y competencias profesionales son necesarias para el futuro desempeño profesional? Identificar los principios teóricos, filosóficos, políticos y económicos del derecho para el análisis y comprensión del ser y deber ser de las ciencias jurídicas y la sociedad: Analizar las fuentes jurídicas para su aplicación en la regulación y solución de conflictos sociales: Relacionar las fuentes doctrinarias y las teorías contemporáneas de las diversas áreas del  derecho: Comprender los principios y normas de los derechos humanos con enfoque de igualdad       de géneros e interculturalidad ¿Qué resultados de aprendizaje relacionados con el manejo de métodos, metodologías, modelos, protocolos, procesos y procedimientos de carácter profesional e investigativo se garantizarán en la implementación de la carrera/programa? Aplicar los procedimientos para ejercer la asesoría y el patrocinio de casos en el sistema extrajudicial y judicial:                   .Usar los procesos y procedimientos previstos en el ordenamiento jurídico ecuatoriano: Observar los principios y las normas del derecho al debido proceso para la asesoría y  patrocinio de casos: Diferenciar los procedimientos administrativos y jurisdiccionales para resolver las controversias: Aplicar los procedimientos constitucionales para el ejercicio de las garantías normativas y jurisdiccionales ¿Cómo contribuirá el futuro profesional al mejoramiento de la calidad de vida, el medio ambiente, el desarrollo productivo y la preservación, difusión y enriquecimiento de las culturas y saberes? Tomar conciencia de los principios del derecho, la norma y la doctrina en el ejercicio de la profesión. Practicar de forma crítica el derecho en sus actuaciones profesionales. Reconocer las garantías básicas para la materialización del derecho al debido proceso. Asumir en su accionar profesional el compromiso de la solución de conflictos por medios convencionales y no convencionales reconociendo el valor de la diversidad cultural y el enfoque de igualdad de géneros ¿Cuáles son los valores y los principios en el marco de un enfoque de derechos, igualdad e interculturalidad, pensamiento universal, crítico y creativo que se promoverán en la formación profesional que ofrece la carrera/programa? Ejercer éticamente el derecho en su práctica profesional reconociendo el valor de la diversidad. Líneas de investigación: El Artículo 31  del  Reglamento del Consejo de Educación Superior establece “Investigación formativa.- La investigación formativa es un componente fundamental del proceso de formación académica y se desarrolla en la interacción docente-estudiante, a lo largo del desarrollo del currículo de una carrera o programa; como eje transversal de la transmisión y producción del conocimiento en contextos de aprendizaje; posibilitando el desarrollo de competencias investigativas por parte de los estudiantes, así como la innovación de la práctica pedagógica de los docentes. Es un proceso de uso y generación de conocimiento caracterizado por la aplicación de métodos convencionales de investigación, la innovación, el análisis y la validación entre pares; produciendo generalmente conocimiento de pertinencia y validez local, nacional, y/o internacional, orientado al saber hacer profesional; e incorporando componentes técnico-tecnológicos en sus productos. Las IES deberán planificar, acompañar y evaluar acciones que aseguren la formación del estudiante en y para la investigación; la investigación como estrategia general de aprendizaje; y, la investigación-acción del currículo, en sus diferentes componentes, por parte del personal académico. Las IES determinarán el objeto, alcance, rigor, impacto, metodologías y condiciones de desarrollo de la investigación formativa en sus carreras y/o programas. Así mismo, en el Reglamento del Régimen Académico del CES determina “Artículo 34.- Investigación académica y científica. - La investigación académica y científica es la labor creativa, sistemática, rigurosa, sistémica, epistemológica y metodológicamente fundamentada que produce conocimiento susceptible de universalidad, originalmente nuevo y orientado al crecimiento del cuerpo teórico de uno o varios campos científicos. Se desarrolla mediante programas y proyectos de investigación, enmarcados en los objetivos, políticas institucionales, líneas de investigación y recursos disponibles de las IES. Las líneas, programas y proyectos deberán responder a los desafíos y problemas sociales, naturales, tecnológicos y otros, priorizados por la institución. Los proyectos podrán desarrollarse institucionalmente o a través de redes nacionales y/o internacionales. Las IES establecerán los mecanismos y normativa correspondiente para que tanto profesores, investigadores como estudiantes desarrollen investigación académica y científica pertinente y los resultados de la investigación deberán ser difundidos y divulgados para garantizar el uso social de los mismos y su aprovechamiento en la generación de nuevo conocimiento, nuevos productos, procesos o servicios, respetando las normas de propiedad intelectual correspondientes. La investigación académica y científica genera resultados que pueden ser utilizados en propuestas de vinculación con la sociedad que beneficien la calidad de vida y el desarrollo social. A su vez, la vinculación con la sociedad identifica necesidades y genera preguntas relevantes para la investigación. Bajo este contexto la Carrera de Derecho se ajusta a las siguientes líneas multidisciplinarias de investigación institucional: Estudios sociales del estado y del derecho desde la perspectiva constitucional y del ordenamiento jurídico ecuatoriano. Retos de los derechos humanos y mecanismos de integración regional. Tendencias modernas de las ciencias penales y jurídicas civiles. Sistemas procesales modernos, litigación, argumentación jurídica y vías alternativas para la solución de conflictos. Derecho y tecnologías de la información y la comunicación (TIC). Vinculación con la sociedad: El Artículo 40 del Reglamento del Consejo de Educación Superior CES establece “La vinculación con la sociedad hace referencia a la planificación, ejecución y difusión de actividades que garantizan la participación efectiva en la sociedad y la responsabilidad social de las instituciones del Sistema de Educación Superior con el fin de contribuir a la satisfacción de necesidades y la solución de problemáticas del entorno, desde el ámbito académico e investigativo. La vinculación con la sociedad deberá articularse al resto de funciones sustantivas, oferta académica, dominios académicos, investigación, formación y extensión de las IES en cumplimiento del principio de pertinencia. En el marco del desarrollo de la investigación científica o artística de las IES, se considerará como vinculación con la sociedad a las actividades de divulgación científica, a los aportes a la mejora y actualización de los planes de desarrollo local, regional y nacional, y a la transferencia de conocimiento y tecnología. La divulgación científica o artística consiste en transmitir resultados, avances, ideas, hipótesis, teorías, conceptos, productos artísticos y en general cualquier actividad científica, artística, tecnológica a la sociedad; utilizando los canales, recursos y lenguajes adecuados para que ésta los pueda comprender y asimilar la sociedad. De acuerdo a lo que establece el Reglamento de Régimen Académico, la vinculación es un programa de educación continua, investigación y desarrollo, y gestión académica que, a través de proyectos específicos de cada área, permitirá atender las necesidades del desarrollo local, regional y nacional. En este contexto, la carrera de Derecho de la Universidad San Gregorio, responde a las necesidades del entorno mencionado. Sus proyectos de vinculación con la sociedad responden al perfil de egreso; en este sentido, son planificados, gestionados y monitoreados de manera interrelacionada entre el Departamento de Vinculación con la sociedad de la USGP y la coordinación de la carrera. Los proyectos de vinculación que realizan los estudiantes son financiados por parte de la universidad, con el rubro establecido en el presupuesto de cada proyecto. La carrera dispone de convenios firmados con instituciones públicas, privadas para la ejecución y alianzas estratégicas que permiten trabajar de manera articulada en programas de educación continua, investigación y acción, atendiendo a las necesidades de los sectores en los cuales podemos intervenir como academia para dar solución a través de los proyectos desarrollados. Los programas de vinculación han sido formulados y diseñados desde las Unidades Académicas, articulando los dominios y líneas de investigación de la IES, los ejes estratégicos de los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo vigente, las necesidades y demandas de los territorios, con las tendencias del conocimiento y de la profesión. Prácticas preprofesionales: Las prácticas preprofesionales permitirán a los estudiantes aplicar los conocimientos y/o el desarrollo de competencias profesionales y se realizarán en entornos organizacionales, institucionales, empresariales, comunitarios u otros relacionados al ámbito profesional de la carrera, públicos o privados, nacionales o internacionales en concordancia con el artículo 42 del Reglamento del Consejo de Educación Superior CES. Además, en el artículo 43 del RRA las horas y/o créditos de cada componente de las prácticas preprofesionales son objeto de homologación o convalidación siempre que se hayan completado en su totalidad, según lo establecido en la normativa interna de cada IES, hasta un máximo de diez (10) años posteriores a la realización de las mismas, siempre que correspondan a los objetivos de aprendizaje de la práctica pre profesional de destino. Las horas y/o créditos de las prácticas de las carreras de Derecho realizadas en el Consejo de la Judicatura, serán consideradas como preprofesionales o pasantías conforme a la normativa que emita el Consejo de la Judicatura. Por lo tanto, los estudiantes de la Carrera de Derecho para poder realizar las prácticas la carrera se alineará a convenios vigentes que mantiene la Universidad con diferentes organizaciones nacionales e internacionales y en los cuales se brindan los entornos necesarios para el desarrollo de las mismas. Perfil Profesional: El abogado graduado en la modalidad híbrida de la carrera de Derecho de la Universidad San Gregorio de Portoviejo es un jurista con dominio de la doctrina jurídica aplicada de acuerdo con los requerimientos jurídicos de las instituciones que ejercen el derecho en el país. Es capaz de litigar y brindar asesoría jurídica a la ciudadanía en los diferentes ámbitos            de aplicación de la normativa jurídica en el país. Unidad de Titulación: Requisitos de titulación: Haber aprobado las asignaturas de las unidades básica y profesional del plan curricular de la carrera. Acreditar nivel B1 en aprendizaje de segunda lengua, de conformidad a lo establecido en el Artículo 64.- Aprendizaje de una segunda lengua del Reglamento de Régimen académico CES. Aprobar el trabajo de titulación de conformidad con lo establecido en el Reglamento Interno de Régimen Académico. Acreditar el cumplimiento de los requisitos de titulación establecidos en la LOES: prácticas laborales y de servicio comunitario según lo aprobado en el proyecto de carrera. Requisito de aprendizaje de una segunda lengua: Nivel B1 acorde al Marco Común Europeo de Referencia o su equivalente, para lenguas: Opciones de aprobación del trabajo de la unidad de titulación:

Tercer Nivel de Grado

Cuarto Nivel o de Posgrado

Marque con una (X)

 

Trabajo de integración curricular

Marque con una (X)

 

Trabajo de titulación

?

Estudio de Caso

?

Proyecto de titulación con componentes de investigación aplicada y/o de desarrollo

?

Examen Complexivo

?

Estudios comparados complejos

?

Artículo Científico

 

?

Trabajo de investigación, modo claro y sintético

 

Breve descripción de las opciones de la unidad de integración curricular (¿Qué?, ¿Cómo? y duración). El trabajo de Titulación de la Carrea de Derecho en la USGP en modalidad híbrida consiste en escoger una de las tres modalidades, estudio de caso, articulo científico y examen complexivo. El trabajo escogido será obtenido de sus prácticas experimentales y preprofesionales desarrollado metodológicamente integrando los supuestos jurídicos para su solución y la documentación necesaria para la construcción del informe. El trabajo de titulación se desarrolla en el octavo periodo académico, mismo que articula los resultados y avances que se han obtenido de casos reales tratados en el desarrollo jurídico de las prácticas preprofesionales. 4.- Descripción del cumplimiento de los criterios y estándares básicos de calidad del CACES

 

CRITERIOS

ESTÁNDARES

DESCRIPCIÓN

Pertinencia de la

oferta académica

 

 

Este proyecto académico responde a la demanda social local y nacional con carácter de innovación permanente, identificada a través de grupos focales, estudio de empleabilidad, análisis de competencia de otras universidades, comités consultivos y encuestas realizadas y que básicamente está dirigida a determinados sectores de la población nacional, como aquellas personas que han venido laborando en instituciones públicas y privadas sin tener un título profesional, pero que tienen suficiente experiencia en el campo jurídico o aquellas que han venido posponiendo sus estudios universitarios por diferentes razones.

Tiene un enfoque especial en la preparación de los estudiantes competentes y éticos para el ejercicio profesional en el ámbito del asesoramiento y litigio, beneficiando a la sociedad en general para abordar los desafíos reales del ejercicio del derecho y contribuir a la mejora de la justicia.

Este programa de la Carrera de Derecho, está orientado a contribuir con los objetivos, políticas, lineamientos y metas que se plantean en el Plan Nacional de Desarrollo Nacional Vigente (2021-2025) los objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y el Plan Estratégico de Desarrollo Institucional.

Este modelo curricular pedagógico se basa en el desarrollo de competencias con una educación de calidad, más inclusiva y equitativa para todos, formando ciudadanos para una sociedad más justa, lo mejor de ambos mundos, una combinación de la educación ortodoxa tradicional y una educación moderna automatizada con las nuevas tecnologías del derecho, ofreciendo a los estudiantes flexibilidad y adaptabilidad necesarias para personalizar su proceso de aprendizaje, el acceso a materiales en línea, participar en discusiones virtuales y asistir a clases presenciales según sus necesidades y horarios.

Infraestructura

La institución garantiza que

cuenta con una infraestructura suficiente

que permite el normal

desarrollo de la oferta

académica acorde a los

requerimientos de la

misma, y que simultáneamente permite

alcanzar el perfil de egreso

con condiciones de

calidad.

Para la formación técnico-

tecnológica, la IES cuenta en

su infraestructura con

ambientes de aprendizajes similares a los escenarios reales, o la existencia de convenios interinstitucionales

 

La USGP posee una infraestructura tecnológica adecuada para el desarrollo de la carrera, esta se complementa con equipamiento como: espacios físicos confortables, laboratorios de informática,

simuladores de negocios, licencias para software estadísticos y plataformas digitales, acordes a las

necesidades de la educación

híbrida. Además, la Universidad cuenta con una plataforma virtual avanzada para docentes y estudiantes denominado Entorno Virtual de Aprendizaje (EVA) que es una herramienta de gestión de aprendizaje bajo el sistema MOODLE siendo un espacio educativo alojado en la web, un conjunto de herramientas informáticas que posibilitan la interacción didáctica de manera que el alumno pueda llevar a cabo las labores propias de la docencia, tales como: chat, foros, wikis, tareas, trabajo en grupo, ensayos, cuestionarios, leer documentos propuestos por el docente, vídeos, conferencias en tiempo real, entre otros.

 

Profesores

Los profesores propuestos para el desarrollo de la carrera cuentan con formación académica experiencia docente profesional y/o de

investigación afín con el perfil de egreso de la oferta académica, La IES demuestra que los profesores propuestos, en base a su categoría,

dedicación y estabilidad,

permiten el correcto

desarrollo de la oferta

académica

El personal docente cuenta con una excelente formación académica acorde al perfil de la carrera de Derecho con vasta experiencia en el ejercicio de la carrera. Posee experiencia en el ámbito de la docencia y un currículum que demuestra la capacidad de cada uno de ellos. La planta docente cuenta con profesionales de tercer, cuarto nivel de maestría y doctorado afines a las cátedras de la estructura curricular.

Docencia

El currículo propuesto cuenta

con modelo educativo, con

modalidad de estudio hibrida; así como metodologías que permitan aprender de forma

colaborativa, y autónoma.

La carrera de Derecho, pretende darles a personas que trabajan, la oportunidad de estudiar una carrera de tercer nivel mejorando sus habilidades y competencias laborales.

La carrera contempla como

modalidad de estudio la hibrida, aquella en la que los componentes de aprendizaje son una parte de forma sincrónica y asincrónica con las distintas herramientas digitales y entornos virtuales de manera presencial en las aulas de clases, y presencial en el campus Universitario. La carrera está diseñada teniendo en cuenta una duración de ocho periodos académicos con un total de 6320 Total (hora o crédito) horas, considerando del primer al cuarto nivel 5 asignaturas; del quinto nivel a séptimo nivel 6 asignaturas, el octavo nivel 5 asignaturas por cada periodo. Desde el primer nivel hasta el tercero se enfoca en el aprendizaje de conocimientos básicos y a partir del cuarto hasta el sexto nivel se contemplan asignaturas de formación

profesional, para culminar en el séptimo y octavo nivel con la Unidad de Titulación.

Investigación, desarrollo

e innovación

La institución cuenta con una

estructura de investigación,

desarrollo e innovación que

facilite planificar y desarrollar

proyectos de investigación, transferencia de conocimientos, creación y producción científica.

La carrera de Derecho, contempla la investigación formativa como un componente fundamental dentro del proceso de formación académica de los estudiantes y se desarrollará en la interacción docente-estudiante, a lo largo del desarrollo de la carrera.

Además, la USGP cuenta con una estructura organizacional que comprende al Departamento de Investigación como la instancia

capaz de impulsar la construcción de proyectos de investigación, facilitando los procesos de planificación, ejecución y de

validación de la producción científica que emerja de los procesos de investigación. Es así que la carrera se alinea a las líneas de investigación que mantiene activa la Universidad contribuyendo al desarrollo empresarial y de las comunidades locales y nacionales utilizando herramientas analíticas

para construir, ampliar y

administrar, encaminada en formar  profesionales con conocimientos en las áreas del derecho público, privado y social, capacitados para investigar, asesorar, mediar y litigar con elevado conocimiento en la defensa de los derechos y la reivindicación de principios y valores como la justicia, la libertad, la igualdad, la confraternidad, en miras a una convivencia pacífica en un ambiente de seguridad jurídica.

 

Vinculación con la sociedad

El Proyecto Servicio Continuo Consultorio Jurídico, nació con la premisa de que las personas de escasos recursos económicos tengan acceso a la justicia, el Consultorio Jurídico tiene por objeto aportar la solución de los problemas de asesoría y patrocinio a las personas de escasos recursos económicos. La vinculación con la sociedad ha generado un vínculo entre los diferentes actores, docentes, estudiantes, personal administrativo y colectividad.

 

Realizar acciones encaminadas para que los estudiantes de la Carrera de Derecho, realicen actividades prácticas y de aplicación de los aprendizajes, simultáneamente y en conjunto estudiantes, abogados facilitadores, y docentes brinden servicio de asesoría y patrocinio técnico especializado en materia de derecho para personas de escasos recursos económicos y de sectores vulnerables usualmente en situación de indefensión legal.

Es preciso señalar que el servicio continuo Consultorio Jurídico de la Universidad San Gregorio de Portoviejo", involucra a Docentes, abogados facilitadores y estudiantes, desempeñando una labor muy importante en la vinculación de la Universidad con la comunidad, convirtiéndose en generadores de beneficio social, en el área de patrocinio legal, el Consultorio Jurídico tiene una fuerte implicación comunitaria, basada en la inclusión social y la atención a personas o grupos vulnerables, carentes de ingresos que les permitan ejercer sus derechos a través de la defensa privada profesional.

El Consultorio Jurídico brinda servicio de asesoría legal, asistencia documentaria, litigación, patrocinio jurídico y consultoría a personas de bajos recursos económicos y grupos de atención prioritaria facilitando el acceso a la justicia; Además de proporcionar un espacio de aprendizaje y práctica profesional a los estudiantes de la carrera de Derecho, promoviendo de esa manera la vinculación con la sociedad dando un servicio permanente y continuo.

 

5. Convenios Nacionales e Internacionales

 

Tipo

Institución

Fecha de Inicio

Fecha de culminación

Objeto del convenio

CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE PASANTÍAS, INVESTIGACIÓN, VINCULACIÓN CON LA SOCIEDAD Y CAPACITACIÓN, ENTRE LA CARRERA DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD PARTICULAR

SAN GREGORIO DE PORTOVIEJO Y LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MANABÍ DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL

Carrera   de Derecho USGP

-Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social

2022-07-25

2027-07-25

El presente convenio tiene por objeto establecer un proceso sostenido, dinámico y evaluable que permita a los estudiantes de la carrera de Derecho de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, desenvolverse en la aplicación práctica de lo que será su profesión, mediante la capacitación, con el fin de mantener contacto con el desarrollo del derecho, así como también conocer el ritmo y la intensidad de la jornada laboral en la institución, el mismo que tendrá los siguientes parámetros:

CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE PASANTIAS, INVESTIGACION, VINCULACIÓN CON LA SOCIEDAD Y CAPACITACIÓN, ENTRE LA CARRERA DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD PARTICULAR SAN GREGORIO DE PORTOVIEJO Y EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN TOSAGUA

-Carrera de Derecho USGP

-Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Tosagua.

2022-04-04

2027-04-04

El presente convenio tiene por objeto establecer un proceso sostenido, dinámico y evaluable que permita a los estudiantes de la carrera de Derecho de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, desenvolverse en la aplicación práctica de lo que será su profesión, mediante la capacitación, pasantías y/o vinculación con el fin de mantener contacto con el desarrollo del derecho, así como también conocer el ritmo y la intensidad de la jornada laboral en la institución.

CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE PASANTIAS, INVESTIGACION, VINCULACIÓN CON LA SOCIEDAD Y CAPACITACIÓN, ENTRE LA CARRERA DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD PARTICULAR SAN GREGORIO DE PORTOVIEJO Y EL CENTRO DE MEDIACIÓN Y RESOLUCION DE CONFLICTOS ONLINE DISPUTE RESOLUTION ECUADOR (ODR -ECUADOR)

-Carrera de Derecho USGP

-Centro de Mediación y Resolución de Conflictos Online Dispute Resolution Ecuador  (ODR -Ecuador

2022-04-04

2027-04-04

El presente convenio tiene por objeto establecer un proceso sostenido, dinámico y evaluable que permita a los estudiantes de la carrera de Derecho de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, desenvolverse en la aplicación práctica de lo que será su profesión, mediante la capacitación, pasantías y/o vinculación con el fin de mantener contacto con el desarrollo del derecho, así como también conocer el ritmo y la intensidad de la jornada laboral en la institución.

CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE PASANTIAS, INVESTIGACION,

VINCULACIÓN CON LA SOCIEDAD Y CAPACITACIÓN, ENTRE LA CARRERA DE DERECHO DE

LA UNIVERSIDAD PARTICULAR SAN GREGORIO DE PORTOVIEJO Y LA EMPRESA PÚBLICA

MUNICIPAL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN PORTOVIEJO

 

-Carrera de Derecho USGP

-Empresa Pública Municipal Registro de la Propiedad del Cantón Portoviejo

2022-04-04

2027-04-04

El presente convenio tiene por objeto establecer un proceso sostenido, dinámico y evaluable que permita a los estudiantes de la carrera de Derecho de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, desenvolverse en la aplicación práctica de lo que será su profesión, mediante la capacitación, pasantías y/o vinculación con el fin de mantener contacto con el desarrollo del derecho, así como también conocer el ritmo y la intensidad de la jornada laboral en la institución.

ACUERDO INTERINSTITUCIONAL DE COOPERACIÓN, PASANTÍAS, VINCULACIÓN CON LA

SOCIEDAD Y CAPACITACIÓN, ENTRE LA CARRERA DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD PARTICULAR SAN GREGORIO DE PORTOVIEJO Y EL MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA

  • Carrera de Derecho USGP
  • Ministerio de producción, Comercio, Exterior, Inversiones y Pesca.

2022-04-22

2027-04-22

El presente convenio tiene por objeto establecer un proceso sostenido, dinámico y evaluable que permita a los estudiantes de la carrera de Derecho de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, desenvolverse en la aplicación práctica de lo que será su profesión, mediante la capacitación, pasantías y/o vinculación con el fin de mantener contacto con el desarrollo del derecho, así como también conocer el ritmo y la intensidad de la jornada laboral en la institución.

ACUERDO INTERINSTITUCIONAL DE COOPERACIÓN, PASANTÍAS, VINCULACIÓN CON LA SOCIEDAD Y CAPACITACIÓN, ENTRE LA CARRERA DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD PARTICULAR SAN GREGORIO DE PORTOVIEJO Y LA GOBERNACION DE LA PROVINCIA DE MANABI

-Gobernación de Manabí

-Carrera de Derecho USGP

2021-02-19

2026-02-19

El presente acuerdo tiene por objeto establecer un proceso sostenido, dinámico y evaluable que permita a los estudiantes de la carrera de Derecho de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, desenvolverse en la aplicación práctica de lo que será su profesión, mediante la capacitación, pasantías y/o vinculación con el fin de mantener contacto con el desarrollo del derecho, así como también conocer el ritmo y la intensidad de la jornada laboral en la institución

ACUERDO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE PASANTÍAS, PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES, INVESTICACIÓN Y/0 VINCULACIÓN CON LA SOCIEDAD ENTRE LA CARRERA DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD PARTICULAR SAN GREGORIO DE PORTOVIEJO Y LA OFICINA TÉCNICA Y DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS MIDUVI MANABI, DE LA COORDINACION GENERAL REGIONAL 4 DEL MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO

-CARRERA de Derecho USGP

-Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda.

 

2020-03-02

2025-03-02

El presente Acuerdo tiene por objeto establecer un proceso sostenido, dinámico y evaluable que permita a los estudiantes de la carrera de Derecho de la Universidad San Gregorio de Portoviejo en calidad de practicantes/pasantes, desenvolverse en la aplicación práctica de lo que será su profesión, mantener contacto con el desarrollo del derecho, así como también conocer el ritmo y la intensidad de la jornada laboral en la institución.

El presente instrumento tiene por objeto la suscripción de un Acuerdo de: 

Pasantías.

Prácticas de aplicación y experimentación de aprendizajes en el contexto de formación y aplicación del derecho con técnicas aplicables a la gestión administrativa.

Vinculación con la sociedad entre la carrera de Derecho de la Universidad San Gregorio de Portoviejo y Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda (MIDUVI).

Desarrollo de proyectos de investigación.

CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE PASANTIAS, VINCULACIÓN CON LA SOCIEDAD Y CAPACITACIÓN, ENTRE LA CARRERA DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD  PARTICULAR SAN GREGORIO DE PORTOVIEJO Y LA AGENCIA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS DE SALUD Y MEDICINA PREPAGADA

 

-Carrera de Derecho USGP

-Agencia                  de Aseguramiento                  de la Calidad de los Servicios de Salud y Medicina Prepagada

2021-12-14

2026-12-14

El presente convenio tiene por objeto establecer un proceso sostenido, dinámico y evaluable que permita a los estudiantes de la carrera de Derecho de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, desenvolverse en la aplicación práctica de lo que será su profesión, mediante la capacitación, pasantías y/o vinculación con el fin de mantener contacto con el desarrollo del derecho, así como también conocer el ritmo y la intensidad de la jornada laboral en la institución.

CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ESPECIFICO ENTRE LA CARRERA DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD SAN GREGORIO DE PORTOVIEJO Y LA DEFENSORIA DEL PUEBLO.

-Carrera de Derecho USGP

- Defensoría del Pueblo

 

2023-06-12

La vigencia del presente convenio será de 3 años contados a partir de la suscripción del mismo.

Establecer un convenio de cooperación interinstitucional con el fin de cooperar mutuamente en la realización de actividades tendientes a promoción de DDHH, capacitaciones, investigaciones, entre otros.

CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE PASANTIAS, INVESTIGACION, VINCULACIÓN CON LA SOCIEDAD Y CAPACITACIÓN, ENTRE LA CARRERA DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD PARTICULAR SAN GREGORIO DE PORTOVIEJO Y EL GOBIERNO  AUTONOMO DESENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON ROCAFUERTE

 

-Carrera de Derecho USGP

- Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Rocafuerte.

 

2022-28-01

2027-28-01

Tiene por objeto establecer un proceso sostenido, dinámico y evaluable que permita a los estudiantes de la carrera de Derecho USGP desenvolverse en la aplicación práctica de lo que será su profesión, mediante capacitación, entre otros.

CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES ENTRE LA CARRERA DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD SAN GREGORIO DE   PORTOVIEJO Y LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO

 

 

  •  

-PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO

 

2023-20-04

2027-20-04

El Objeto es trabajar en conjunto y brindar las facilidades necesarias para que los estudiantes de la Carrera de Derecho de la Universidad San Gregorio de Portoviejo realicen sus prácticas pre-profesionales en las instalaciones de la Procuraduría General del Estado como actividad complementaria a su formación académica, con el propósito de cumplir con el requisito de titulación exigido por el artículo 87 de la Ley Orgánica de Educación Superior

CONVENIO ESPECIFICO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE PASANTIAS, INVESTIGACION, VINCULACIÓN CON LA SOCIEDAD Y CAPACITACIÓN, ENTRE LA CARRERA DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD SAN GREGORIO DE PORTOVIEJO Y EL SERVICIO NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA ZONAL 4 MANABÍ – SANTO DOMINGO

 

  •  

-SERVICIO NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA ZONAL 4 MANABÍ – SANTO DOMINGO (SERCOP)

2022-09-07

2027-09-07

El presente convenio tiene por objeto establecer un proceso sostenido, dinámico y evaluable que permita a los estudiantes de la carrera de Derecho de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, desenvolverse en la aplicación práctica de lo que será su profesión, mediante la capacitación, con el fin de mantener contacto con el desarrollo del derecho, así como también conocer el ritmo y la

intensidad de la jornada laboral en la institución, el mismo que tendrá los siguientes parámetros:

a. Capacitaciones de aplicación y experimentación de aprendizajes en el contexto de formación y aplicación del derecho con técnicas aplicables a la gestión administrativa.

b. Vinculación con la sociedad entre la carrera de Derecho de la Universidad San Gregorio de Portoviejo y EL SERCOP ZONAL 4 MANABÍ - SANTO DOMINGO

c. Pasantías educativas para que el estudiante de la Carrera de Derecho de la Universidad San Gregorio de Portoviejo aprenda mediante la practica el ejercicio de la profesión elegida.

d. Desarrollo de proyectos de investigación

 

CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA CARRERA DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD PARTICULAR SAN GREGORIO DE
PORTOVIEJO Y LA EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL MOVILIDAD DE MANTA EP, “MOVILIDAD DE MANTA EP”.

 

PÚBLICA MUNICIPAL MOVILIDAD DE MANTA EP, “MOVILIDAD DE MANTA EP” Y LA CARRERA DE DERECHO

2023-10-23

2025-10-23

El presente convenio tiene por objeto establecer un proceso sostenido, dinámico y evaluable que permita a los estudiantes de la carrera de Derecho de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, desenvolverse en la aplicación práctica de lo que será su profesión, con el fin de mantener contacto con el desarrollo del derecho, así como también conocer el ritmo y la intensidad de la jornada laboral en la institución, el mismo que tendrá los siguientes parámetros:

 

a. Pasantías educativas para que el estudiante de la Carrera de Derecho de la Universidad San Gregorio de Portoviejo aprenda mediante la práctica el ejercicio de la profesión elegida.

CONVENIO DE COOPERACIÓN  INTERINSTITUCIONAL   DE  PASANTIAS,   INVESTIGACION, VINCULACIÓN  CON  LA  SOCIEDAD Y CAPACITACIÓN,  ENTRE  LA  CARRERA DE DERECHO DE  LA   UNIVERSIDAD   PARTICULAR   SAN  GREGORIO DE  PORTOVIEJO  Y  LA   EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL  DE CENTROS COMERCIALES, TERMINAL TERRESTRE, MERCADOS Y (AMALES DEL CANTÓN  PORTOVIEJO, "PORTOCOMERCIO EP"

 

 

PORTOCOMERCIO EP"

” Y LA CARRERA DE DERECHO

 

2021-11-17

2026-11-17

El presente convenio tiene por objeto establecer un proceso sostenido, dinámico y evaluable que permita a                             los estudiantes de la carrera de Derecho de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, desenvolverse en la aplicación práctica de lo que será su profesión, mediante la capacitación,  con el fiin de mantener contacto con el desarrollo del derecho, así como también conocer el ritmo y la intensidad de lajornada laboral en la institución, el mismo que tendrá los siguientes parámetros:

 

a.   Capacitaciones de aplicación y experimentación  de aprendizajes  en el contexto  de formación y aplicación del derecho con técnicas aplicables a la gestión administrativa.

 

b. Vinculación con la sociedad entre la carrera de Derecho de la Universidad San Gregario de Portoviejo y PORTOMERCADO EP.

 

c.     Pasantías educativas para que el estudiante de la  Carrerea  de Derecho  de la  Universidad  San  Gregorio de Portoviejo aprenda mediante la practica el ejercicio de la profesión elegida.

 

 

 

CONVENIO ESPECIFICO DE CURSO INTERNACIONAL DE CORTA DURACIÓN Y MOVILIDAD ACADEMICA

 

 

 

-Universidad Nacional Mayor de San Marcos Perú y Universidad San Gregorio de Portoviejo

 

2023-10-02

2024-03-29

Las instituciones se comprometen a organizar, en el 2023, un Curso Internacional de corta Duración para fomentar el incremento de conocimiento, experiencias e investigaciones entorno a un tema elegido de común acuerdo y promover le intercambio de estudiante. Asi mismo, se promoverá la transferencia de conocimiento y experiencia en la movilidad académica docente.

CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL, ENTRE LA RED LATINOAMERICANA DE DERECHO LABORAL Y LA CARRERA DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD SAN GREGORIO DE PORTOVIEJO

 

Red Latinoamericana de Derecho Laboral “REDLADELA”

 

2022-07-01

2027-07-01

El objeto del presente convenio es el intercambio de un período de estudio/investigación/formación en el extranjero para profesores/as –

investigadores/as – y estudiantes de las instituciones superiores que formen parte de la RED LATINOAMERICANA DE DERECHO LABORAL, como forma de contrastar la experiencia propia y de adquirir una visión más rica y universalista de la realidad. Se promoverán e impulsarán las siguientes actividades en el interés de fortalecer los lazos de intercambio entre ambas instituciones.

MANIFIESTO DE INTENCIONES COMUNES

-Red Iberoamericana (Latinoamericana) de Facultades y Escuelas de Derecho

2014-10-20

Vigente-

Dar inicio a las actividades de la Red Latinoamericana de Facultades y Escuelas de Derecho, participar de la misma, en la medida de sus posibilidades, desafíos, prioridades y recursos. Además, impulsar la realización de eventos académicos, publicaciones, investigaciones e intercambios de alumnos y profesores, entre los integrantes de la Red.

CONVENIO ESPECÍFICO DE MOVILIDAD ACADÉMICA

-Universidad Bernardo O’Higgins de Chile y USGP

2022-10-19

2027-10-19

Las partes celebraron un Convenio Marco de Cooperación entre la Universidad Bernardo O ?Higgins, Chile, y la Universidad San Gregorio de Portoviejo, Ecuador, con el objeto de realizar actividades en los campos de la docencia, la investigación y la difusión de la cultura.

 

6. Conclusión y recomendación: De acuerdo al análisis de pertinencia, de empleabilidad, análisis de competencia de otras universidades, demanda profesional, así como el análisis  del contexto global, nacional y local, permite concluir que la Carrera de Derecho, bajo la modalidad híbrida responde a las necesidades del medio, permitiendo a todas aquellas personas que trabajan en el sector público y privado optar por el título profesional de abogado, que les permita mejorar su calidad de vida; así como también aporta al  de Desarrollo 2021-2025, que se inserta en la realidad de los problemas de la sociedad, mediante soluciones concretas, adhiriéndose a la Constitución y demás normativas legales, a los planes de desarrollo global, nacional y local, los objetivos de desarrollo sostenible (ODS) y el Plan Estratégico institucional. Además, este proyecto pretende generar redes de conocimiento de estudiantes y docentes nacionales e internacionales vinculadas a la educación, investigación y vinculación, impulsando la transferencia de conocimiento en la búsqueda permanente de una justicia y el bienestar general, generando oportunidades de empleo y convivencia con los grandes desafíos de la globalización. A nivel de infraestructura, la Universidad San Gregorio de Portoviejo mediante la modalidad híbrida, cuenta con aulas, laboratorios, consultorio jurídico gratuito y salas de simulación de audiencias, así como equipamiento y una estructura tecnológica que permitirá desarrollar las actividades de forma presencial, en línea, sincrónicas y asincrónicas con un aprendizaje sencillo, cómodo, eficaz, dinámico y didáctico. El claustro docente de la Carrera cuenta con estudios de posgrado nacional e internacional en las mejores universidades de Iberoamérica, lo cual permitirá entregar una educación de calidad y formar profesionales con fundamentos éticos y humanísticos sólidos, con capacidad de análisis, razonamiento crítico y argumentación para resolver problemas jurídicos, que les permita desarrollar sus destrezas en el campo del derecho, adecuándose al perfil de egreso implementado bajo la modalidad híbrida, así como a las competencias profesionales en el ejercicio de su profesión con ética, responsabilidad y un alto grado de compromiso social…”.

Que, el Proyecto Académico de Carrera de Derecho de la institución, en modalidad híbrida, descrito en el considerando anterior presentado por la Directora del Área Académica Social de la USGP, con el respectivo anexo; ha sido apostillado por la rectora, para conocimiento y resolución del Consejo Universitario.

 

En ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 45 letras h y x) del Estatuto de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, el Consejo Universitario de esta institución de Educación Superior:

 

RESUELVE:

 

PRIMERO: Dar por conocido el Proyecto Académico de Carrera de Derecho de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, mismo que mantiene el sistema de aprendizaje en modalidad en Híbrida, presentado por la Dirección del Área Académica Social.

 

SEGUNDO: Aprobar el Proyecto Académico de Carrera de Derecho de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, en modalidad Híbrida.

 

TERCERO: Disponer a la señora Rectora; y, a la Dirección del Área Académica Social de la institución, realicen las acciones administrativas-académicas necesarias en la subida de información a la Plataforma del Consejo de Educación Superior, del Proyecto Académico de Carrera de Derecho, Modalidad Híbrida, e informar a este órgano colegiado de las acciones adoptadas y sus avances.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA: Notificar el contenido de la presente resolución a: Canciller, Vicerrector Académico, Dirección General Académica, Dirección General Financiera; y, Dirección del Área Académica Social de la USGP, para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente acto. 

SEGUNDO: Disponer que el presente acto sea publicado en la página web de la USGP, debiendo para ello informar al Departamento de Comunicación de la USGP.

591-12-2023

CONSEJO UNIVERSITARIO

UNIVERSIDAD SAN GREGORIO DE PORTOVIEJO

 

CONSIDERANDO

 

Que, el Art. 26 de la Constitución del Ecuador determina que: “La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir”.

Que, el Art.  350 de la Constitución del Ecuador señala: “El sistema de educación superior tiene como finalidad la formación académica y profesional con visión científica y humanista; la investigación científica y tecnológica; la innovación, promoción, desarrollo y difusión de los saberes y las culturas; la construcción de soluciones para los problemas del país, en relación con los objetivos del régimen de desarrollo”. 

 

Que, el Art. 351 de la constitución establece que: “... Este sistema se regirá por los principios de autonomía responsable, cogobierno, igualdad de oportunidades, calidad, pertinencia, integralidad, autodeterminación para la producción del pensamiento y conocimiento, en el marco del diálogo de saberes, pensamiento universal y producción científica tecnológica global”.

 

Que el artículo 355 de la Constitución del Ecuador, entre otros principios, establece que el Estado reconocerá a las universidades y escuelas politécnicas autonomía académica administrativa, financiera y orgánica, acorde con los objetivos del régimen de desarrollo y los principios establecidos en la Constitución.

 

Que, la Ley Orgánica de Educación Superior en el artículo 3, señala los fines de la Educación Superior y establece: “La educación superior de carácter humanista, cultural y científica constituye un derecho de las personas y un bien público social que, de conformidad con la Constitución de la República, responderá al interés público y no estará al servicio de intereses individuales y corporativos”.

Que, la Ley Orgánica de Educación Superior en el artículo 4 indica: “El derecho a la educación superior consiste en el ejercicio efectivo de la igualdad de oportunidades, en función de los méritos respectivos, a fin de acceder a una formación académica y profesional con producción de conocimiento pertinente y de excelencia. Las ciudadanas y los ciudadanos en forma individual y colectiva, las comunidades, pueblos y nacionalidades tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo superior, a través de los mecanismos establecidos en la Constitución y esta Ley”.

Que, el Art. 18 de la Ley Orgánica de Educación Superior, reconoce a las universidades y escuelas politécnicas, autonomía responsable para la elaboración de sus planes y programas de estudio, dentro del marco señalado por dicho cuerpo legal;

 

Que, el artículo 93 de la LOES determina que: “El principio de calidad establece la búsqueda continua, auto-reflexiva del mejoramiento, aseguramiento y construcción colectiva de la cultura de la calidad educativa superior con la participación de todos los estamentos de las instituciones de educación superior y el Sistema de Educación Superior, basada en el equilibrio de la docencia, la investigación e innovación y la vinculación con la sociedad, orientadas por la pertinencia, la inclusión, la democratización del acceso y la equidad, la diversidad, la autonomía responsable, la integralidad, la democracia, la producción de conocimiento, el diálogo de saberes, y valores ciudadanos”.

 

Que, el artículo 107 de la LOES expresa: Principio de pertinencia. El principio de pertinencia consiste en que la educación superior responda a las expectativas y necesidades de la sociedad, a la planificación nacional, y al régimen de desarrollo, a la prospectiva de desarrollo científico, humanístico y tecnológico mundial, y a la diversidad cultural. Para ello, las instituciones de educación superior articularán su oferta docente, de investigación y actividades de vinculación con la sociedad, a la demanda académica, a las necesidades de desarrollo local, regional y nacional, a la innovación y diversificación de profesiones y grados académicos, a las tendencias del mercado ocupacional local, regional y nacional, a las tendencias demográficas locales, provinciales y regionales; a la vinculación con la estructura productiva actual y potencial de la provincia y la región, y a las políticas nacionales de ciencia y tecnología”.

 

Que, la Disposición General Quinta de la LOES expresa: “Las universidades y escuelas politécnicas elaborarán planes operativos y planes estratégicos de desarrollo institucional concebidos a mediano y largo plazo, según sus propias orientaciones. Estos planes deberán contemplar las acciones en el campo de la investigación científica y establecer la articulación con el Plan Nacional de Ciencia y Tecnología, Innovación y Saberes Ancestrales, y con el Plan Nacional de Desarrollo”. 

 

Que, el artículo 12 del Reglamento de Régimen Académico del Consejo de Educación Superior, expresa: “Títulos del tercer nivel técnico -tecnológico superior y de grado. En el tercer nivel de formación, las instituciones de educación superior, una vez que cumplan los requisitos que las normas determinen, podrán expedir los siguientes títulos: a) Otorgados por los institutos superiores y conservatorios superiores: 1. Técnico Superior o su equivalente. 2. Tecnólogo Superior o su equivalente...”.

 

Que, el artículo 32 del Reglamento de Régimen Académico del Consejo de Educación Superior, dice: Investigación formativa en el tercer nivel. La investigación formativa en el tercer nivel propende al desarrollo de conocimientos y destrezas investigativas orientadas a la innovación científica, tecnológica social, humanística y artística. En lo referente a la formación técnica -tecnológica y de grado, se desarrollará mediante el dominio de técnicas investigativas de carácter exploratorio en relación a la creación, adaptación e innovación tecnológica. En tanto que las carreras artísticas deberán incorporar la investigación sobre tecnologías, modelos y actividades de producción artística. Con relación a los otros campos profesionales, la investigación para el aprendizaje se desarrollará en el campo formativo de la epistemología y la metodología de investigación de una profesión, mediante el desarrollo de actividades o proyectos de investigación de carácter exploratorio y/o descriptivo.”.

 

Que, el artículo 55 del Reglamento de Régimen Académico del Consejo de Educación Superior, determina: “Modalidad presencial. La modalidad presencial es aquella en la que el proceso de aprendizaje en sus componentes en contacto con el docente y práctico experimental se desarrolla en interacción directa entre el estudiante y el profesor, en tiempo real, en al menos el cincuenta y un por ciento (51%) de los créditos de la carrera o programa, según lo determinado por la IES en ejercicio de su autonomía responsable”.

 

Que, el artículo 96 del Reglamento de Régimen Académico del Consejo de Educación Superior expresa: “Presentación y aprobación de proyectos. Los proyectos de carreras y programas serán aprobados por el CES a través de los mecanismos y procedimientos establecidos en el presente Reglamento. El proceso de aprobación de proyectos por parte del CES está conformado por las siguientes etapas: a) Presentación del proyecto con informe académico elaborado por la ÍES, en ejercicio de su autonomía responsable; b) Informe no vinculante de la unidad correspondiente, recomendando la aprobación o no del proyecto; c) Validación por parte de la Comisión Permanente correspondiente, mediante la emisión de un acuerdo; y, d) Resolución del Pleno del CES, que deberá contener la siguiente información: nombre de las IES, denominación de la carrera o programa, código, lugar de ejecución de la carrera o programa, así como el título al que conduce. Las carreras y programas de educación superior a ejecutarse en las Islas Galápagos y en las zonas fronterizas, deberán cumplir con lo establecido en el instrumento del régimen especial creado para el efecto. Las IES acreditadas podrán presentar al CES, propuestas curriculares experimentales e innovadoras de carreras o programas que no se ajusten a los períodos académicos, requerimientos y parámetros contemplados en este Reglamento. Para considerar una propuesta curricular como experimental o innovadora, deberá tener al menos una de las siguientes características: 1. Responder a formas innovadoras de organización curricular; 2. Proponer metodologías de aprendizaje innovadoras; 3. Contar con personal académico de alta cualificación, según los requerimientos de la IES; o, 4. Formar parte de redes de conocimiento, redes de investigación y redes de innovación conforme este Reglamento. Las particularidades de la presentación de proyectos del área de doctorados serán definidas en la normativa específica expedida por el CES…”.

 

Que, el artículo 110 del Reglamento de Régimen Académico del Consejo de Educación Superior expresa: “Ajuste curricular. El ajuste curricular es la modificación del currículo de una carrera o programa, que puede ser sustantivo o no sustantivo. Un ajuste curricular es sustantivo cuando modifica perfil de egreso, tiempo de duración medido en créditos o períodos académicos, según corresponda, denominación de la carrera o programa, o denominación de la titulación. En tanto que, la modificación del resto de elementos del currículo es de carácter no sustantivo. Las IES podrán realizar ajustes curriculares no sustantivos en ejercicio de su autonomía responsable, según sus procedimientos internos establecidos, los cuales deberán ser notificados oportunamente al CES para su registro. Las IES podrán ejecutar los cambios no sustantivos una vez aprobados por sus instancias internas, sin perjuicio de que el CES notifique al órgano rector de la política pública de educación superior los cambios realizados, para que sean actualizados en el SNIESE de ser caso. Cuando las IES requieran realizar ajustes curriculares sustantivos deberán contar con la autorización del CES. Este procedimiento tendrá una duración igual al establecido para la aprobación de carreras y programas, siguiendo el mismo procedimiento previsto en el artículo 99. El CES notificará al órgano rector de la política pública de educación superior los cambios realizados, para que sean registrados en el SNIESE, en un término máximo de tres (3) días”.

 

Que, a través de la Resolución RPC-SO-02-No.010-2018, adoptada por el Consejo de Educación Superior CES, el 10 de enero de 2018, resolvió: “…Artículo 1.- Aprobar los siguientes proyectos de rediseño curricular de carreras de tercer nivel, presentadas por varias universidades del país, cuya descripción consta a continuación:

Artículo 2.- Las carreras aprobadas en el artículo 1 de la presente Resolución, tendrán un periodo de vigencia de seis [6) años, contados desde su aprobación…”.

 

Que, el artículo Art. 9 del Estatuto de la Universidad San Gregorio de Portoviejo señala: “OBJETIVOS. La Universidad San Gregorio de Portoviejo, tiene como objetivos: a) Impulsar el desarrollo y formación integral del estudiante, a través de una oferta de servicios con calidad, relevancia y pertinencia… c) Aportar al fortaleciamiento local y nacional, por medio del trabajo comunitario y la vinculación con la sociedad...”.

 

Que, el Estatuto de la USGP en el artículo 11 señala: “La Universidad San Gregorio de Portoviejo, elaborará planes operativos y planes estratégicos de desarrollo institucional, concebidos a mediano y largo plazo, articulados con el Plan Nacional de Ciencia y Tecnología, Innovación y Saberes Ancestrales, y con el Plan Nacional de Desarrollo, para el Buen Vivir”;

 

Que, a través del correo institucional, con fecha 11 de diciembre de 2023, la Arquitecta Andrea Bonilla Ponce, Directora del Área Académica Técnica y Coordinadora de la Carrera de Arquitectura de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, presenta ante la rectora Dra. Ximena Guillén Vivas, el ajuste Curricular NO Sustantivo de la Carrera de Arquitectura, para que sea incluido en el orden del día del Consejo Universitario.    

 

Que, el Ajuste Curricular No Sustantivo de la Carrera de Arquitectura de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, contine los siguientes datos: “DATOS DE LA INSTITUCIÓN

Nombre Completo:

Universidad Particular San Gregorio de Portoviejo

Código de la IES:

1060

Categoría de la IES:

Acreditada con Unidad Técnica – Tecnológico 

Tipo de financiamiento:

Particular Autofinanciada 

 

Siglas:

USGP

Misión:

Universidad humanista e inclusiva, comprometida con la gestión del conocimiento y la cultura al servicio de la sociedad.

Visión:

Ser una Universidad protagonista en la transformación social.

Dirección:

Parroquia Andrés de Vera, Avenida Metropolitana, Eloy Alfaro #2005 y Avenida Olímpica.

DATOS PERSONALES DEL RECTOR O RECTORA 

Número de documento de identificación

1302102882

Nombre completo

ALARCÓN ZAMBRANO JAIME ALFREDO

Correo electrónico:

jaalarcon@sangregorio.edu.ec

Correo electrónico de referencia:

jaalarcon@sangregorio.edu.ec

Teléfono institucional fijo

052935002 Ext: 1002

Teléfono celular:

0990989045

DATOS PERSONALES DE O LA RESPONSABLE DE LA CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO

Nombre completo:

Arq. Andrea Bonilla Ponce MSc.

Correo electrónico:

anbonilla@sangregorio.edu.ec

Correo electrónico de referencia:

 

Teléfono institucional fijo:

052935002 Ext: 1038

Teléfono celular:

0995822591

Equipo técnico especialista de apoyo

Arq. Juan García García MSc.

Arq. Danny Alcívar Vélez Mg.

DATOS GENERALES

Tipo de Trámite:

Ajuste Curricular No Sustantivo

Código SNIESE de la carrera / programa objeto del ajuste curricular sustantivo:

6507381A01

Carrera / programa a modificar:

Carrera de Arquitectura

Tipo de formación:

Tercer Nivel

Modalidad de estudios:

Presencial

Descripción de la ejecución de la modalidad:

Estructurada de acuerdo a los componentes: Aprendizaje en contacto con el docente;

Aprendizaje autónomo; y, aprendizaje práctico experimental, de acuerdo a lo establecido en el art. 26 del RRA.

Proyecto en red:

N/A

Integrantes de la red:

N/A

Campo amplio:

Ingeniería, industria y construcción

Campo específico:

Arquitectura y construcción

Campo detallado:

Arquitectura

Titulación:

Arquitecto

Mención / Itinerario:

N/A

Detalle de itinerario / menciones:

N/A

RESUMEN DE LA DESCRIPCIÓN MICROCURRICULAR DE LA CARRERA/PROGRAMA

Descripción

Aprobado

Propuesto

Objeto de estudio

Se mantiene conforme a lo aprobado

Se mantiene conforme a lo aprobado

Objetivos de aprendizaje

Se mantiene conforme a lo aprobado

Se mantiene conforme a lo aprobado

Perfil de egreso

Se mantiene conforme a lo aprobado

Se mantiene conforme a lo aprobado

Tiempo de duración

Se mantiene conforme a lo aprobado

Se mantiene conforme a lo aprobado

Modalidad de estudios (cuando esta supere el 25%)

Se mantiene conforme a lo aprobado

Se mantiene conforme a lo aprobado

Denominación de la carrera o programa

Se mantiene conforme a lo aprobado

Se mantiene conforme a lo aprobado

Denominación de la titulación

Se mantiene conforme a lo aprobado

Se mantiene conforme a lo aprobado

Cambio de Nombre de Asignaturas: Este ajuste se fundamenta en la necesidad de mejorar la claridad y precisión en la comunicación de los contenidos y objetivos de aprendizaje. Este cambio busca alinearse con la evolución de la disciplina, adaptarse a las tendencias contemporáneas y proporcionar una representación más exacta de la formación ofrecida en cada asignatura y en el programa académico en general.  A través de esta actualización, se aspira optimizar la pertinencia de la carrera en el mercado laboral y asegurar una mejor comprensión por parte de estudiantes y profesores, contribuyendo así a una formación más efectiva y alineada con las demandas actuales de la arquitectura.

 

ÁREA DEL CONOCIMIENTO

Matemática y Estructuras

Nivel

Nombre Asignatura Aprobado

Nombre Asignatura Propuesto

Observaciones

I

Matemática elemental

Matemáticas

 

III

Topografía

Se mantiene conforme a lo aprobado

 

IV

Fundamentos de la Estática

Estática I

Los nombres propuestos responden a la secuencia del nivel de complejidad

V

Estática

Estática II

VI

Estructuras Básicas

Estructuras I

VII

Estructuras

Estructuras II

VIII

Hormigón Armado

Se mantiene conforme a lo aprobado

 

ÁREA DEL CONOCIMIENTO

Investigación

Nivel

Nombre Asignatura Aprobado

Nombre Asignatura Propuesto

Observaciones

I

Metodología de la Investigación

Se mantiene conforme a lo aprobado

 

II

Manejo de Fuentes primarias y secundarias de información

Técnicas de investigación

Los contenidos se fusionan, generando continuidad y un enfoque interdisciplinario, permitiendo integrar conceptos y habilidades diversas.

III

Enfoque cualitativo de la investigación

IV

Investigación Aplicada: Observación y diagnóstico

V

Investigación Aplicada: Estado del Arte

I

Aprendizaje de la Comunicación Humana

Estrategias de lectura y escritura académica

Los contenidos se fusionan, generando continuidad y un impacto eficaz en el aprendizaje

V

Estrategias de Lectura Académica

VI

Escritura Académica

IX

Taller I: Inducción a las Modalidades de Titulación

Taller de titulación

Los contenidos al ser consecutivos y además por encontrarse en el mismo nivel permiten la fusión.

IX

Taller II: Preparatorio de la Modalidad de Titulación

ÁREA DEL CONOCIMIENTO

Teoría e Historia

Nivel

Nombre Asignatura Aprobado

Nombre Asignatura Propuesto

Observaciones

II

Visión epistemológica de la Arquitectura

Teoría de la Arquitectura

Los nombres propuestos responden a la estandarización de la nomenclatura de las mallas a nivel nacional e internacional

III

Estudios Diacrónicos de manifestaciones arquitectónicas

Historia de la Arquitectura

IV

Arquitectura Nacional

Se mantiene conforme a lo aprobado

 

VII

Hábitat y Vivienda

Se mantiene conforme a lo aprobado

 

ÁREA DEL CONOCIMIENTO

Dibujo y Expresión Gráfica

Nivel

Nombre Asignatura Aprobado

Nombre Asignatura Propuesto

Observaciones

I

Geometría Descriptiva

Se mantiene conforme a lo aprobado

 

I

Representación Arquitectónica Gráfica

Dibujo arquitectónico I

Los nombres propuestos responden a la estandarización de la nomenclatura de las mallas a nivel nacional e internacional y a la secuencia del nivel de complejidad

II

Dibujo estructural y de instalaciones

Dibujo arquitectónico II

III

Perspectiva

Se mantiene conforme a lo aprobado

 

II

Expresión Volumétrica y maquetería

Maquetería

 

II

Modelado y Representación Artística

Técnicas de expresión artística

 

III

Informática CAD

Informática aplicada I

Los nombres propuestos responden a la secuencia del nivel de complejidad; además con nombres secuenciales y genéricos se pueden integrar

herramientas digitales de acuerdo a los avances de la tecnología

IV

Informática CAD. Realidad Virtual

Informática aplicada II

ÁREA DEL CONOCIMIENTO

Diseño Arquitectónico

Nivel

Nombre Asignatura Aprobado

Nombre Asignatura Propuesto

Observaciones

III

Diseño de Unidades arquitectónicas Básicas

Cátedra integradora: Diseño Arquitectónico I

Los nombres propuestos responden a la estandarización de la nomenclatura de las mallas a nivel nacional e internacional y a la secuencia de complejidad de cada nivel

IV

Diseño de Unidades arquitectónicas y Urbanas Básicas

Cátedra integradora: Diseño Arquitectónico II

V

Diseño de Unidades arquitectónicas y Urbanas

Cátedra integradora: Diseño Arquitectónico III

VI

Diseño de Unidades arquitectónicas y Urbanas Ambientales

Cátedra integradora: Diseño Arquitectónico IV

VII

Diseño de complejos arquitectónicos urbanos y ambientales

Cátedra integradora: Diseño Arquitectónico V

VIII

Diseño de complejos arquitectónicos y urbanos integrales inclusivos

Cátedra integradora:  Diseño Arquitectónico VI

IX

Taller diseño Urbano arquitectónico

Cátedra integradora: Diseño Arquitectónico VII

X

Gestión de proyectos arquitectónicos y urbanos

Cátedra integradora: Tutorías Personalizadas de Titulación

ÁREA DEL CONOCIMIENTO

Construcciones

Nivel

Nombre Asignatura Aprobado

Nombre Asignatura Propuesto

Observaciones

IV

Materiales de construcción

Se mantiene conforme a lo aprobado

 

V

Procesos Constructivos

Se mantiene conforme a lo aprobado

 

VI

Especificaciones técnicas constructivas

Construcciones I

Los nombres propuestos responden a la estandarización de la nomenclatura de las mallas a nivel nacional e internacional y a la secuencia de complejidad de cada nivel

VII

Aplicaciones Constructivas

Construcciones II

VIII

Programación de Obras

Construcciones III

IX

Tecnologías Constructivas aplicadas

Se mantiene conforme a lo aprobado

 

VI

Instalaciones Hidrosanitarias

Se mantiene conforme a lo aprobado

 

V

Instalaciones Eléctricas

Se mantiene conforme a lo aprobado

 

ÁREA DEL CONOCIMIENTO

Urbanismo

Nivel

Nombre Asignatura Aprobado

Nombre Asignatura Propuesto

Observaciones

VI

Investigación Aplicada: Fundamentación Urbanística

Urbanismo

Los nombres propuestos responden a la estandarización de la nomenclatura de las mallas a nivel nacional e internacional y a la experticia que el estudiante debe tener en cada nivel

VII

Investigación Aplicada: Diseño y construcción de propuestas urbanas locales

Sociología Urbana

VIII

Investigación Aplicada: Diseño y construcción de propuestas urbanas

Taller de diseño urbano I

VIII

Legislación Aplicada

Legislación Territorial-Urbana

IX

Planificación Riesgo e Impacto Ambiental

Planificación y evaluación ambiental

ÁREA DEL CONOCIMIENTO

Itinerario I:

Conservación y restauración del patrimonio

Itinerario I:

Patrimonial

 

Nivel

Nombre Asignatura Aprobado

Nombre Asignatura Propuesto

Observaciones

VII

Identificación y reconocimiento del patrimonio

Se mantiene conforme a lo aprobado

 

VIII

Valoración del patrimonio construido

Se mantiene conforme a lo aprobado

IX

Ejecución de proyectos patrimoniales

Ejecución y evaluación de proyectos patrimoniales

X

Evaluación del patrimonio

Tutorías de Praxis Profesional de Titulación:

Patrimonial

ÁREA DEL CONOCIMIENTO

Itinerario II:

Arquitectura urbanística

Itinerario II:

Territorial

 

Nivel

Nombre Asignatura Aprobado

Nombre Asignatura Propuesto

Observaciones

VII

Diagnóstico de la problemática del territorio urbano

Teoría y fundamentos del territorio

 

VIII

Planificación estratégica territorial

Diagnóstico territorial

IX

Diseño de planes de intervención urbana

Diseño de planes de ordenamiento territorial

X

Evaluación del territorio

Tutorías de Praxis Profesional de Titulación:

Territorial

ÁREA DEL CONOCIMIENTO

Itinerario III:

Arquitectura con enfoque ambiental

Itinerario III:

Ambiental

 

Nivel

Nombre Asignatura Aprobado

Nombre Asignatura Propuesto

Observaciones

VII

Fundamentos de gestión ambiental

Arquitectura Sostenible I

 

VIII

Arquitectura y sostenibilidad social y ambiental

Arquitectura Sostenible II

IX

Arquitectura Bioclimática

Construcción Tradicional Vernácula

X

Lineamientos del estudio de impacto ambiental

Tutorías de Praxis Profesional de Titulación:

Ambiental

 

Incorporación de asignaturas: Estos aportes buscan abordar aspectos emergentes, tales como avances tecnológicos, enfoques contemporáneos en diseño arquitectónico, consideraciones medioambientales y sociales, así como habilidades interdisciplinarias esenciales. La incorporación de nuevas asignaturas busca proporcionar a los estudiantes una formación más completa y actualizada, preparándolos para enfrentar los desafíos y oportunidades presentes en el ámbito arquitectónico contemporáneo. Este enfoque proactivo, se encentra basado en el perfil de egreso vigente y garantiza que la malla curricular se mantenga relevante y que los graduados estén equipados con las herramientas necesarias para destacarse en un entorno profesional en constante cambio.

 

NIVEL

ASIGNATURAS PROPUESTAS

OBSERVACIONES

II

Fundamentos del diseño arquitectónico

Esta materia es esencial para establecer las bases teóricas, creativas y técnicas que permiten a los estudiantes desarrollarse como arquitectos competentes y creativos. Les proporciona las herramientas necesarias para abordar proyectos arquitectónicos de manera integral y satisfactoria dándoles una compresión del espacio y la forma a través del desarrollo de sus habilidades creativas.

 

Tributa a nuestro perfil de egreso de la siguiente manera:

 

Desarrolla capacidad imaginativa, creativa, innovadora y de liderazgo en el proceso de diseño de la Arquitectura y el Urbanismo.

Demuestra conocimiento del Proceso Proyectual como un método de Investigación.

Demuestra conocimiento de las Bellas Artes, las Artes Populares y la Estética como factor fundamental en la calidad de la Concepción Arquitectónica.

Formula ideas y de transformarlas en creaciones arquitectónicas de acuerdo con los principios de composición, percepción visual y espacial.

IV

Informática Aplicada III

Esta materia surge debido a la necesidad de la dinámica evolución de la disciplina arquitectónica y de la necesidad de integrar recursos tecnológicos en el desarrollo de competencias transversales basados en la constante retroalimentación que proporciona el mercado laboral.

 

Tributa a nuestro perfil de egreso de la siguiente manera:

 

Integra equipos interdisciplinarios que desarrollen diferentes Técnicas de Intervención para mejorar Espacios Urbanos y Arquitectónicos deteriorados y/o en conflicto.

Reconoce y aplica los métodos de Investigación para resolver con creatividad las demandas del Hábitat Humano, en diferentes escalas y complejidades.

Planea, programa, presupuesta y gestiona proyectos Arquitectónicos y Urbanos en el mercado.

IX

Taller de Diseño Urbano II

Esta materia es una parte esencial de la formación en arquitectura, ya que proporciona a los estudiantes las habilidades y la experiencia necesarias para abordar los desafíos complejos asociados con el diseño urbano. Además, prepara a los futuros arquitectos para contribuir de manera significativa al desarrollo sostenible y la mejora de la calidad de vida en entornos urbanos.

 

Tributa a nuestro perfil de egreso de la siguiente manera:

 

Detecta las potencialidades y debilidades urbanas de las ciudades en sus diferentes escalas y complejidades

Visiona la planificación y el desarrollo de ciudades sustentables con fortalecimiento de compatibilidad en uso y gestión de suelos

Elabora planes urbanos ajustados a las realidades socioespaciales identificadas mediante estrategias de diagnóstico arquitectónico.

 

 

Redistribución de horas en la organización del aprendizaje: Esta redistribución permite equilibrar la carga entre clases teóricas y actividades prácticas, proporcionando a los estudiantes una formación más integral y aplicada. Además, se puede dedicar más tiempo a enseñar y practicar el uso de herramientas y software relevantes, preparando a los estudiantes para enfrentar los desafíos contemporáneos de la profesión. Una distribución de malla más equilibrada y actualizada mejora la experiencia educativa de los estudiantes, aumentando su motivación y compromiso. Esto puede traducirse en un rendimiento académico más sólido y en graduados más preparados para enfrentar los desafíos de la práctica arquitectónica; asegurando que los estudiantes estén expuestos a las tendencias actuales y futuras del diseño y la arquitectura, preparándolos para ser profesionales más versátiles. Al redistribuir las horas, se puede incorporar un enfoque más significativo en el desarrollo de estas habilidades esenciales para el éxito profesional.

 

NIVEL

ASIGNATURA APROBADA

HORAS

ASIGNATURA PROPUESTA

HORAS PROPUESTAS

OBSERVACIONES

I

Matemática Elemental

160

Geometría Descriptiva

128

Se realiza la redistribución de las horas en la organización del aprendizaje manteniendo las 800 horas en cada nivel de carrera y cumpliendo con:

Lo que establece el RRA-CES en su articulado: 113.

La mejora de la calidad del aprendizaje asignando la cantidad de horas pertinentes para cada componente educativo.

El enfoque de una malla equilibrada, adaptable a las exigencias actuales de la profesión y con énfasis en una educación de excelencia.

que se destaque el protagonismo del estudiante junto al acompañamiento del profesor tutor en la construcción del aprendizaje

I

Geometría Descriptiva

160

Matemáticas

160

I

Cátedra Integradora:  Representación arquitectónica gráfica

240

Cátedra Integradora: Dibujo Arquitectónico I

240

I

Metodología de la investigación

120

Técnicas de Expresión Artística

160

I

Aprendizaje de la comunicación humana

120

Estrategias de Lectura y Escritura Académica

112

I

TOTAL DE HORAS

800

TOTAL DE HORAS

800

NIVEL

ASIGNATURA APROBADA

HORAS

ASIGNATURA PROPUESTA

HORAS PROPUESTAS

OBSERVACIONES

II

Visión epistemológica de la Arquitectura.

120

Teoría de la Arquitectura

112

Se realiza la redistribución de las horas en la organización del aprendizaje cumpliendo:

Lo que establece el RRA-CES en su articulado: 113.

La mejora de la calidad del aprendizaje asignando la cantidad de horas pertinentes para cada componente educativo.

El enfoque de una malla equilibrada, adaptable a las exigencias actuales de la profesión y con énfasis en una educación de excelencia.

Que se destaque el acompañamiento del profesor tutor.

II

Expresión volumétrica y maquetería

160

Informática Aplicada I

128

II

Cátedras integradoras: Dibujo estructural y de instalaciones

200

Cátedras integradoras: Dibujo Arquitectónico II

224

II

Manejo de fuentes primarias y secundarias de información.

120

Maquetería

112

II

Modelado y representación artística

120

Fundamentos del Diseño Arquitectónico

128

II

Ofimática

80

Metodología de la Investigación

96

II

TOTAL DE HORAS

800

TOTAL DE HORAS

800

NIVEL

ASIGNATURA APROBADA

HORAS

ASIGNATURA PROPUESTA

HORAS PROPUESTAS

OBSERVACIONES

III

Estudio diacrónico de manifestaciones arquitectónicas

120

Historia de la Arquitectura

112

Se realiza la redistribución de las horas en la organización del aprendizaje cumpliendo:

Lo que establece el RRA-CES en su articulado: 113.

La mejora de la calidad del aprendizaje asignando la cantidad de horas pertinentes para cada componente educativo.

El enfoque de una malla equilibrada, adaptable a las exigencias actuales de la profesión y con énfasis en una educación de excelencia.

Que se destaque el acompañamiento del profesor tutor.

III

Cátedra Integradora: Diseño de unidades arquitectónicas básicas

200

Informática Aplicada II

128

III

Topografía

160

Cátedra Integradora: Diseño Arquitectónico I

224

III

Perspectivas

120

Topografía

112

III

Enfoque cualitativo de la investigación

80

Perspectivas

128

III

Informática CAD

120

Técnicas de Investigación

96

III

TOTAL DE HORAS

800

TOTAL DE HORAS

800

NIVEL

ASIGNATURA APROBADA

HORAS

ASIGNATURA PROPUESTA

HORAS PROPUESTAS

OBSERVACIONES

IV

Arquitectura Nacional

120

Arquitectura Nacional

144

Se realiza la redistribución de las horas en la organización del aprendizaje cumpliendo:

Lo que establece el RRA-CES en su articulado: 113.

La mejora de la calidad del aprendizaje asignando la cantidad de horas pertinentes para cada componente educativo.

El enfoque de una malla equilibrada, adaptable a las exigencias actuales de la profesión y con énfasis en una educación de excelencia.

Que se destaque el acompañamiento del profesor tutor.

IV

Fundamentos de la Estática

120

Informática Aplicada III

128

IV

Cátedra Integradora:
Diseño de unidades arquitectónicas y urbanas básicas.

200

Estática I

144

IV

Materiales de construcción

120

Cátedra Integradora: Diseño Arquitectónico II

224

IV

Investigación aplicada:
Observación y diagnóstico

120

Materiales de Construcción

160

IV

Informática CAD Realidad Virtual.

120

 

 

IV

TOTAL DE HORAS

800

TOTAL DE HORAS

800

NIVEL

ASIGNATURA APROBADA

HORAS

ASIGNATURA PROPUESTA

HORAS PROPUESTAS

OBSERVACIONES

V

Estática

120

Teoría y Fundamentación Urbana

144

Se realiza la redistribución de las horas en la organización del aprendizaje cumpliendo:

Lo que establece el RRA-CES en su articulado: 113.

La mejora de la calidad del aprendizaje asignando la cantidad de horas pertinentes para cada componente educativo.

El enfoque de una malla equilibrada, adaptable a las exigencias actuales de la profesión y con énfasis en una educación de excelencia.

Que se destaque el acompañamiento del profesor tutor.

V

Cátedra Integradora:
Diseño de unidades arquitectónicas y urbanas.

240

Instalaciones Eléctricas

96

V

Procesos constructivos.

120

Estática II

144

V

Instalaciones Eléctricas

120

Cátedra Integradora: Diseño Arquitectónico III

272

V

Investigación aplicada:
Estado del arte

80

Procesos constructivos

144

V

Estrategias de lectura académica

120

 

 

V

TOTAL DE HORAS

800

TOTAL DE HORAS

800

NIVEL

ASIGNATURA APROBADA

HORAS

ASIGNATURA PROPUESTA

HORAS PROPUESTAS

OBSERVACIONES

VI

Cátedra integradora:
Diseño de unidades arquitectónicas urbanas y ambientales.

240

Urbanismo

144

Se realiza la redistribución de las horas en la organización del aprendizaje cumpliendo:

Lo que establece el RRA-CES en su articulado: 113.

La mejora de la calidad del aprendizaje asignando la cantidad de horas pertinentes para cada componente educativo.

El enfoque de una malla equilibrada, adaptable a las exigencias actuales de la profesión y con énfasis en una educación de excelencia.

Que se destaque el acompañamiento del profesor tutor.

VI

Especificaciones técnicas constructivas.

120

Instalaciones Hidrosanitarias

96

VI

Estructuras básicas

120

Estructuras I

144

VI

Instalaciones Hidrosanitarias

120

Cátedra integradora: Diseño Arquitectónico IV

272

VI

Investigación aplicada:
Fundamentación urbanística

80

Construcciones I

144

VI

Escritura académica

120

 

 

VI

TOTAL DE HORAS

800

TOTAL DE HORAS

800

NIVEL

ASIGNATURA APROBADA

HORAS

ASIGNATURA PROPUESTA

HORAS PROPUESTAS

OBSERVACIONES

VII

Cátedra Integradora:
Diseño de complejos arquitectónicos urbanos y ambientales.

280

Sociología Urbana

112

Se realiza la redistribución de las horas en la organización del aprendizaje cumpliendo:

Lo que establece el RRA-CES en su articulado: 113.

La mejora de la calidad del aprendizaje asignando la cantidad de horas pertinentes para cada componente educativo.

El enfoque de una malla equilibrada, adaptable a las exigencias actuales de la profesión y con énfasis en una educación de excelencia.

Que se destaque el acompañamiento del profesor tutor.

VII

Aplicaciones constructivas.

120

Hábitat y Vivienda

80

VII

Estructuras

120

Estructuras II

128

VII

Hábitat y vivienda.

80

Cátedra Integradora: Diseño Arquitectónico V

272

VII

Itinerario I: Identificación y reconocimiento del patrimonio
Itinerario II: Diagnostico de la problemática del territorio urbano
Itinerario III: Fundamentos de gestión ambiental

120

Construcciones II

112

VII

Investigación aplicada:
Diseño y construcción de propuestas urbanas locales

80

Itinerario I: Identificación y Reconocimiento del Patrimonio Itinerario II: Teoría y Fundamentos del Territorio Itinerario III: Arquitectura Sostenible I

96

VII

TOTAL DE HORAS

800

TOTAL DE HORAS

800

NIVEL

ASIGNATURA APROBADA

HORAS

ASIGNATURA PROPUESTA

HORAS PROPUESTAS

OBSERVACIONES

VIII

Cátedra Integradora:
Diseño de complejos arquitectónicos y urbanos integrales inclusivos.

320

Taller de Diseño Urbano I

144

Se realiza la redistribución de las horas en la organización del aprendizaje cumpliendo:

Lo que establece el RRA-CES en su articulado: 113.

La mejora de la calidad del aprendizaje asignando la cantidad de horas pertinentes para cada componente educativo.

El enfoque de una malla equilibrada, adaptable a las exigencias actuales de la profesión y con énfasis en una educación de excelencia.

Que se destaque el acompañamiento del profesor tutor.

VIII

Programación de obras.

120

Legislación Territorial - Urbana

112

VIII

Hormigón Armado

80

Hormigón Armado

80

VIII

Legislación aplicada

80

Cátedra Integradora: Diseño Arquitectónico VI

272

VIII

Itinerario I: Valoración del patrimonio construido
Itinerario II: Planificación estratégica territorial
Itinerario III: Arquitectura y sostenibilidad social y ambiental

120

Construcciones III

96

VIII

Investigación aplicada:
Diseño y construcción de propuestas urbanas

80

Itinerario I: Valoración del Patrimonio Construido Itinerario II: Diagnóstico Territorial Itinerario III: Arquitectura Sostenible II

96

VIII

TOTAL DE HORAS

800

TOTAL DE HORAS

800

NIVEL

ASIGNATURA APROBADA

HORAS

ASIGNATURA PROPUESTA

HORAS PROPUESTAS

OBSERVACIONES

IX

Cátedra integradora:
Taller Diseño Urbano Arquitectónico

280

Taller de Diseño Urbano II

112

Se realiza la redistribución de las horas en la organización del aprendizaje cumpliendo:

Lo que establece el RRA-CES en su articulado: 113.

La mejora de la calidad del aprendizaje asignando la cantidad de horas pertinentes para cada componente educativo.

El enfoque de una malla equilibrada, adaptable a las exigencias actuales de la profesión y con énfasis en una educación de excelencia.

Que se destaque el acompañamiento del profesor tutor.

IX

Planificación, riesgo e impacto ambiental.

80

Taller de Titulación

176

IX

Tecnologías Constructivas Aplicadas

120

Planificación y Evaluación Ambiental

96

IX

Itinerario I: Ejecución de proyectos patrimoniales
Itinerario II: Diseño de planes de intervención urbana
Itinerario III: Arquitectura Bioclimática

120

Cátedra integradora: Diseño Arquitectónico VII

224

IX

Taller 1: Inducción a las Modalidades de Titulación

40

Tecnologías Constructivas Aplicadas

96

IX

Taller 2: Preparatorio de la Modalidad de Titulación

160

Itinerario I: Ejecución y Evaluación de Proyectos Patrimoniales Itinerario II: Diseño de Planes de ordenamiento territorial Itinerario III: Construcción Tradicional Vernácula

96

IX

TOTAL DE HORAS

800

TOTAL DE HORAS

800

NIVEL

ASIGNATURA APROBADA

HORAS

ASIGNATURA PROPUESTA

HORAS PROPUESTAS

OBSERVACIONES

X

Cátedra integradora:
Gestión de Proyectos arquitectónicos y urbanos

360

Desarrollo de la modalidad de titulación

224

Se realiza la redistribución de las horas en la organización del aprendizaje cumpliendo:

Lo que establece el RRA-CES en su articulado: 113.

La mejora de la calidad del aprendizaje asignando la cantidad de horas pertinentes para cada componente educativo.

El enfoque de una malla equilibrada, adaptable a las exigencias actuales de la profesión y con énfasis en una educación de excelencia.

Que se destaque el acompañamiento del  profesor tutor.

X

Itinerario I: Evaluación del patrimonio
Itinerario II: Evaluación del territorio
Itinerario III: Lineamientos del estudio de impacto ambiental

120

Emprendedurismo

128

X

Desarrollo de la modalidad de Titulación

200

Cátedra integradora: Tutorías Personalizadas de Titulación

224

X

Emprendedurismo

120

Tutorías de Praxis Profesional de Titulación

224

X

TOTAL DE HORAS

800

TOTAL DE HORAS

800

 

 

Reajustes de prerrequisitos: El análisis para la revisión de los prerrequisitos fue esencial por varias razones que contribuyen al desarrollo académico y profesional de los estudiantes. Aquí se presentan algunas justificaciones clave para esta revisión: Progresión lógica del contenido, desarrollo de habilidades secuenciales, evitar brechas de conocimiento, fomentar compromiso continuo, alineación con estándares profesionales y promoción de la autoevaluación. En resumen, el análisis de los prerrequisitos en la malla curricular de la carrera de arquitectura es crucial para garantizar una formación sólida, progresiva y alineada con los estándares profesionales. Esto beneficia tanto a los estudiantes como a la carrera, porque contribuye a la excelencia en la educación arquitectónica.

 

NIVEL

ASIGNATURA APROBADA

PRERREQUISITO

NIVEL

ASIGNATURA PROPUESTA

PRERREQUISITO PROPUESTO

OBSERVACIONES

II

Cátedras integradoras: Dibujo estructural y de instalaciones

ARQ I C

II

Cátedras integradoras: Dibujo Arquitectónico II

ARQ I c

 

III

Cátedra Integradora: Diseño de unidades arquitectónicas básicas

ARQ II B

II

Metodología de la Investigación

ARQ I e

III

Topografía

ARQ I A

III

Historia de la Arquitectura

ARQ II a

III

Perspectivas

ARQ I B

III

Informática Aplicada II

ARQ II b

III

Informática CAD

USGP.b

III

Cátedra Integradora: Diseño Arquitectónico I

ARQ II c

ARQ II e

IV

Fundamentos de la Estática

ARQ I A

III

Técnicas de Investigación

ARQ II f

IV

Cátedra Integradora:
Diseño de unidades arquitectónicas y urbanas básicas.

ARQ III B

IV

Arquitectura Nacional

ARQ III a

IV

Informática CAD Realidad Virtual.

ARQ III F

IV

Informática Aplicada III

ARQ III b

V

Estática

ARQ IV B

IV

Estática I

ARQ I b

V

Cátedra Integradora:
Diseño de unidades arquitectónicas y urbanas.

ARQ IV C

IV

Cátedra Integradora: Diseño Arquitectónico II

ARQ III c

V

Procesos constructivos.

ARQ IV D

V

Teoría y Fundamentación Urbana

ARQ IV a

VI

Cátedra integradora:
Diseño de unidades arquitectónicas urbanas y ambientales.

ARQ V B

V

Estática II

ARQ IV c

VI

Especificaciones técnicas constructivas.

ARQ V C

V

Cátedra Integradora: Diseño Arquitectónico III

ARQ IV d

VI

Estructuras básicas

ARQ V A

V

Procesos constructivos

ARQ IV e

VI

Instalaciones Hidrosanitarias

ARQ V D

VI

Urbanismo

ARQ V a

VI

Investigación aplicada:
Fundamentación urbanística

ARQ V E

VI

Instalaciones Hidrosanitarias

ARQ V b

VI

Escritura académica

USGP.c

VI

Estructuras I

ARQ V c

VII

Cátedra Integradora:
Diseño de complejos arquitectónicos urbanos y ambientales.

ARQ VI A

VI

Cátedra integradora: Diseño Arquitectónico IV

ARQ V d

VII

Aplicaciones constructivas.

ARQ VI B

VI

Construcciones I

ARQ V e

VII

Estructuras

ARQ VI C

VII

Sociología Urbana

ARQ VI a

VII

Hábitat y vivienda.

ARQ VI E

VII

Estructuras II

ARQ VI c

VII

Investigación aplicada:
Diseño y construcción de propuestas urbanas locales

ARQ VII D

VII

Cátedra Integradora: Diseño Arquitectónico V

ARQ VI d

VIII

Cátedra Integradora:
Diseño de complejos arquitectónicos y urbanos integrales inclusivos.

ARQ VII A

VII

Construcciones II

ARQ VI e

VIII

Programación de obras.

ARQ VII B

VIII

Taller de Diseño Urbano I

ARQ VII a

VIII

Hormigón Armado

ARQ VII C

VIII

Legislación Territorial - Urbana

ARQ VII a

VIII

Investigación aplicada:
Diseño y construcción de propuestas urbanas

ARQ VII F

VIII

Hormigón Armado

ARQ VII c

IX

Cátedra integradora:
Taller Diseño Urbano Arquitectónico

ARQ VIII A

VIII

Cátedra Integradora: Diseño Arquitectónico VI

ARQ VII d

IX

Taller 2: Preparatorio de la Modalidad de Titulación

USGP.f

VIII

Construcciones III

ARQ VII e

X

Cátedra integradora:
Gestión de Proyectos arquitectónicos y urbanos

ARQ IX A

VIII

Itinerario I: Valoración del Patrimonio Construido Itinerario II: Diagnóstico Territorial Itinerario III: Arquitectura Sostenible II

ARQ VII f

X

Desarrollo de la modalidad de Titulación

USGP.g

IX

Taller de Diseño Urbano II

ARQ VII a

 

 

 

IX

Taller de Titulación

ARQ VIII d

 

 

 

IX

Cátedra integradora: Diseño Arquitectónico VII

ARQ VIII d

 

 

 

IX

Tecnologías Constructivas Aplicadas

ARQ VIII e

 

 

 

IX

Itinerario I: Ejecución y Evaluación de Proyectos Patrimoniales Itinerario II: Diseño de Planes de ordenamiento territorial Itinerario III: Construcción Tradicional Vernácula

ARQ VIII f

 

 

 

X

Desarrollo de la modalidad de titulación

ARQ IX b

ARQ IX d

 

 

 

X

Cátedra integradora: Tutorías Personalizadas de Titulación

ARQ IX d

 

 

 

X

Tutorías de Praxis Profesional de Titulación

ARQ IX d

 

 

5. Conclusiones: La revisión de la estructura micro curricular actual de la carrera refleja su adaptabilidad a la evolución de la disciplina arquitectónica y las necesidades del entorno profesional y, en ese contexto, las propuestas de cambio buscan alinear dicha formación académica a las tendencias contemporáneas y así proporcionar una educación actualizada. Asimismo, la participación de profesores, estudiantes, graduados, empleadores y expertos en dicha revisión, demuestran un enfoque colaborativo de construcción y retroalimentación para la mejora continua del programa académico. Todas las propuestas de cambio muestran un enfoque equilibrado entre la teoría y la práctica, asegurando que los estudiantes fortalezcan aún más su preparación para enfrentar los desafíos del ejercicio profesional con adaptabilidad y flexibilidad, condiciones fundamentales para una formación educativa integral. Estos ajustes permiten una comprensión más armónica de parte de los estudiantes y profesores, permitiendo así una experiencia educativa más efectiva. En síntesis, los ajustes curriculares propuestos, no modifican el perfil de egreso, tiempo de duración medido en periodos académicos, denominación de la carrera ni de la titulación, por tanto, los ajustes tienen carácter no sustantivo…”.

 

Que, el Proyecto de Ajuste Curricular No Sustantivo de la Carrera de Arquitectura de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, presentado por la directora del Área Académica Técnica, con el respectivo anexo; ha sido apostillada por la Rectora, para conocimiento y resolución del Consejo Universitario.

 

En ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 45 letras h) y x) del Estatuto de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, el Consejo Universitario de esta institución de Educación Superior:

 

RESUELVE:

 

PRIMERO: Dar por conocido el Proyecto de Ajuste Curricular No Sustantivo de la Carrera de Arquitectura de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, presentado por la Dirección del Área Académica Técnica, respecto a cambios de nombre de asignaturas; incorporación de asignaturas; redistribución de horas en la organización del aprendizaje; y, reajustes de prerrequisitos; conforme al anexo del proyecto que se adjunta.  

SEGUNDO: Aprobar el Ajuste Curricular No Sustantivos de la Carrera de Arquitectura de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, en cambios de nombre de asignaturas; incorporación de asignaturas; redistribución de horas en la organización del aprendizaje; y, reajustes de prerrequisitos conforme lo ha propuesto la Dirección Académica del Área Técnica de la institución (proyecto y anexos). 

TERCERO: Disponer a la señora Rectora que en conjunto con la Dirección General Académica y la Dirección del Área Académica Técnica de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, realicen las acciones administrativas-académicas necesarias en la subida de información a la Plataforma del Consejo de Educación Superior, respecto al Ajuste Curricular No Sustantivo en la Carrera de Arquitectura, aprobado por este órgano colegiado, descrito en el numeral segundo; e informar posteriormente de las acciones adoptadas y sus avances.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA: Notificar el contenido de la presente resolución a: Canciller, Vicerrector Académico (e), Dirección General Académica, Dirección General Financiera; y, Directora del Área Académica Técnica, para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente acto.

  SEGUNDO: Disponer que el presente acto sea publicado en la página web de la institución.

592-12-2023

CONSEJO UNIVERSITARIO

UNIVERSIDAD SAN GREGORIO DE PORTOVIEJO

 

CONSIDERANDO

 

Que¸ el artículo 26 de la Constitución del Ecuador determina que: “La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo”.

  

Que, el Art.  350 de la Constitución del Ecuador señala que el sistema de educación superior tiene como finalidad la formación académica y profesional con visión científica y humanista; la investigación científica y tecnológica; la innovación, promoción, desarrollo y difusión de los saberes y las culturas; la construcción de soluciones para los problemas del país, en relación con los objetivos del régimen de desarrollo

 

Que el artículo 355 de la Constitución del Ecuador, entre otros principios, establece que el Estado reconocerá a las universidades y escuelas politécnicas autonomía académica administrativa, financiera y orgánica, acorde con los objetivos del régimen de desarrollo y los principios establecidos en la Constitución.

 

Que, el artículo 3 de la Ley Orgánica de Educación Superior, expresa: “Fines de la Educación Superior. La educación superior de carácter humanista, intercultural y científica constituye un derecho de las personas y un bien público social que, de conformidad con la Constitución de la República, responderá al interés público y no estará al servicio de intereses individuales y corporativos”.

 

 Que, la Ley Orgánica de Educación Superior en el artículo 4 indica: “El derecho a la educación superior consiste en el ejercicio efectivo de la igualdad de oportunidades, en función de los méritos respectivos, a fin de acceder a una formación académica y profesional con producción de conocimiento pertinente y de excelencia. …”.

Que, el artículo 10 de la LOES, determina que: “Articulación del Sistema. La educación superior integra el proceso permanente de educación a lo largo de la vida. El Sistema de Educación Superior se articulará con la formación inicial, básica, bachillerato y la educación no formal”.

Que, el artículo 13 de la LOES, manifiesta que: “Son funciones del Sistema de Educación Superior: a) Garantizar el derecho a la educación superior mediante la docencia, la investigación y su vinculación con la sociedad, y asegurar crecientes niveles de calidad, excelencia académica y pertinencia; b) Promover la creación, desarrollo, transmisión y difusión de la ciencia, la técnica, la tecnología y la cultura; c) Formar académicos, científicos y profesionales responsables, éticos y solidarios, comprometidos con la sociedad, debidamente preparados en todos los campos del conocimiento, para que sean capaces de generar y aplicar sus conocimientos y métodos científicos, así como la creación y promoción cultural y artística; d) Fortalecer el ejercicio y desarrollo de la docencia y la investigación científica en todos los niveles y modalidades del sistema”.

Que, el artículo 17 de la Ley Orgánica de Educación Superior expresa: “Reconocimiento de la autonomía responsable. El Estado reconoce a las universidades y escuelas politécnicas autonomía académica, administrativa, financiera y orgánica, acorde con los principios establecidos en la Constitución de la República”.

 

Que, el Art. 18 de la Ley Orgánica de Educación Superior, reconoce a las universidades y escuelas politécnicas, autonomía responsable para la elaboración de sus planes y programas de estudio, dentro del marco señalado por dicho cuerpo legal;

 

Que, el artículo 93 de la LOES determina que: “El principio de calidad establece la búsqueda continua, auto-reflexiva del mejoramiento, aseguramiento y construcción colectiva de la cultura de la calidad educativa superior con la participación de todos los estamentos de las instituciones de educación superior y el Sistema de Educación Superior, basada en el equilibrio de la docencia, la investigación e innovación y la vinculación con la sociedad, orientadas por la pertinencia, la inclusión, la democratización del acceso y la equidad, la diversidad, la autonomía responsable, la integralidad, la democracia, la producción de conocimiento, el diálogo de saberes, y valores ciudadanos”.

 

Que, el artículo 107 de la LOES expresa: “Principio de pertinencia. El principio de pertinencia consiste en que la educación superior responda a las expectativas y necesidades de la sociedad, a la planificación nacional, y al régimen de desarrollo, a la prospectiva de desarrollo científico, humanístico y tecnológico mundial, y a la diversidad cultural. Para ello, las instituciones de educación superior articularán su oferta docente, de investigación y actividades de vinculación con la sociedad, a la demanda académica, a las necesidades de desarrollo local, regional y nacional, a la innovación y diversificación de profesiones y grados académicos, a las tendencias del mercado ocupacional local, regional y nacional, a las tendencias demográficas locales, provinciales y regionales; a la vinculación con la estructura productiva actual y potencial de la provincia y la región, y a las políticas nacionales de ciencia y tecnología”.

 

Que, la Disposición General Cuarta del Estatuto de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, expresa: “La Universidad San Gregorio de Portoviejo elaborará su plan estratégico de desarrollo institucional y planes operativos concebidos a mediano y largo plazo, según sus propias orientaciones. Estos planes contemplaran las acciones en el campo de la investigación científica y establecer la articulación con el Plan Nacional de Ciencia y Tecnología, Innovación y Saberes Ancestrales, y con el Plan Nacional de Desarrollo”.

    

Que, el Reglamento de Concesión de Becas para Estudios de Posgrado que oferta la Universidad San Gregorio de Portoviejo, se aplica para los estudiantes de posgrado de la Universidad San Gregorio de Portoviejo y al personal académico y administrativo que participa en el proceso de oferta y ejecución de programas de posgrado; y, en el artículo 4 ibidem expresa: “Definiciones- Para efectos de interpretación y aplicación de las disposiciones contenidas en el presente reglamento, se establecen las siguientes definiciones: Beca: Es el financiamiento total o parcial de montos de colegiatura que otorga la Universidad San Gregorio de Portoviejo a estudiantes, para la realización de estudios en programas de formación de posgrado que oferta la Institución”.

Que, el artículo 6 del Reglamento de Concesión de Becas para Estudios de Posgrado que oferta la Universidad San Gregorio de Portoviejo dice: “Porcentaje de las becas- De acuerdo al informe presentado por la Dirección Administrativa-Financiera de la Institución, se podrán adjudicar los siguientes porcentajes de becas: 100- 80%-50%”.

Que, el Art. 63 del Reglamento de Finanzas y Control Interno de la USGP dice: “Capacitación y entrenamiento continuo. - El rector y vicerrector académico de la Universidad San Gregorio de Portoviejo promoverán en forma constante y progresiva la capacitación, entrenamiento y desarrollo profesional de los trabajadores y empleados en todos los niveles de la institución, a fin de actualizar sus conocimientos, obtener un mayor rendimiento y elevar la calidad de su trabajo… Los trabajadores, empleados y estudiantes designados para participar en los programas de estudio ya sea en el país o en el exterior, mediante becas otorgadas por la institución, patrocinadoras y/o financiadas parcial o totalmente, suscribirán un contrato, mediante el cual se obliga a laborar en la Universidad San Gregorio de Portoviejo por el tiempo establecido en el Reglamento pertinente. Los conocimientos adquiridos tendrán un efecto multiplicador en el resto del personal y serán utilizados adecuadamente en beneficio de la gestión institucional”.

Que, mediante correo institucional del 04 de diciembre de 2023, la abogada María Yokir Reyna Zambrano, Directora del Área Académica Social y Coordinadora de la Carrera de Derecho de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, hace conocer a la Dra. Ximena Sayonara Guillen Vivas, Rectora de la institución, lo siguiente: “Estimada doctora, para su conocimiento, análisis y posterior resolución del Consejo Universitario, me permito remitir la solicitud que ha presentado el docente ab. Henry Villacís, con respecto a la concesión de una beca de estudios para maestría en derecho penal que oferta la Carrera de Derecho, misma que textualmente dice lo siguiente: " A fin de contribuir con más conocimientos a mis labores docentes y colaborar con los procesos de evaluación institucional que atraviesa nuestra alma mater, solicito que de ser procedente, se me conceda una BECA del 100 por ciento, a fin cursar una Maestría en Derecho Penal que oferta el área de Posgrado de nuestra Universidad". Señora Rectora, debo hacerle conocer que el docente tiene una excelente trayectoria profesional dentro del ámbito penal, ya que ha ejercido como Agente Fiscal y actualmente en libre ejercicio de su profesión, pero no cuenta con una maestría en derecho penal, sino en Constitucional, por lo que considero pertinente que la USGP le pueda brindar esta oportunidad de tener su master en derecho penal, ya que las asignaturas que imparte se adecuan a su experiencia, pero no a su perfil profesional que debe tener para cumplir con los requerimientos del CACES en el momento de la evaluación. Muchas gracias por su permanente apoyo a los procesos académicos de la Carrera…”.

 

Que, mediante apostilla inserta por la rectora, Dra. Ximena Guillén Vivas, en la petición de la Directora del Área Académica Social, descrita en el considerando anterior, ha sido puesta en conocimiento y resolución del Consejo Universitario.

En ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 45 letras h) y x) del Estatuto de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, el Consejo Universitario de esta institución de Educación Superior:

 

 

RESUELVE:

PRIMERO: Acoger la petición de ayuda económica del docente de la Carrera de Derecho, abogado Henry Villacís Londoño, por sus estudios de posgrado en la Maestría en Derecho Penal, que oferta la Universidad San Gregorio de Portoviejo.

 

SEGUNDO: Derivar al Vicerrector Académico (e) de la institución, para que presente un informe motivado de la petición de apoyo económico del docente de la Carrera de Derecho, abogado Henry Villacís Londoño, por sus estudios de Maestría en Derecho Penal que se oferta la Universidad San Gregorio de Portoviejo.

 

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA: Notificar el contenido de la presente resolución a: Vicerrectorado Académico de la institución, para el cumplimento de lo resuelto.

SEGUNDA: Publíquese la presente resolución en la página web de la institución.

593-12-2023

CONSEJO UNIVERSITARIO

UNIVERSIDAD SAN GREGORIO DE PORTOVIEJO

 

CONSIDERANDO

 

Que, el artículo 26 de la Constitución del Ecuador establece: “La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y es un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo”

Que, el artículo 343 de la Constitución del Ecuador determina que el sistema nacional de educación tendrá como finalidad el desarrollo de capacidades y potencialidades individuales y colectivas de la población, que posibiliten el aprendizaje, y la generación y utilización de conocimientos técnicas, saberes, artes y cultura.

Que, el Artículo 5 de la Ley Orgánica de Educación Superior expresa: “Derechos de las y los estudiantes. - Son derechos de las y los estudiantes los siguientes: j) Obtener de acuerdo con sus méritos académicos becas, créditos y otras formas de apoyo económico que le garantice igualdad de oportunidades en el proceso de formación de educación superior”.

Que, el Art. 18 de la Ley Orgánica de Educación Superior, reconoce a las universidades y escuelas politécnicas, autonomía responsable para la elaboración de sus planes y programas de estudio, dentro del marco señalado por dicho cuerpo legal;

Que, el Art. 71 de la LOES expresa: “Principio de igualdad de oportunidades. El principio de igualdad de oportunidades consiste en garantizar a todos los actores del Sistema de Educación Superior las mismas posibilidades en el acceso, permanencia, movilidad y egreso del sistema, sin discriminación de género, credo, orientación sexual, etnia, cultura, preferencia política, condición socioeconómica, de movilidad o discapacidad…”.

Que,  el artículo 70 del Reglamento de Régimen Académico del Consejo de Educación Superior, expresa: La matrícula es el acto de carácter académico- administrativo, mediante el cual una persona adquiere la condición de estudiante, a través del registro de las asignaturas, cursos o sus equivalentes, en un período académico determinado y conforme a los procedimientos internos de una IES. La condición de estudiante se mantendrá hasta el inicio del nuevo periodo académico o hasta su titulación”.

 

Que,  el artículo 71 del Reglamento de Régimen Académico del Consejo de Educación Superior, dice: Tipos de matrícula.- “Se establecen los siguientes tipos de matrícula: a) Matrícula ordinaria.- Es aquella que se realiza en el plazo establecido por la IES para el proceso de matriculación, que en ningún caso podrá ser posterior al inicio de las actividades académicas. b) Matrícula extraordinaria.- Es aquella que se realiza según los mecanismos y plazos establecidos por las IES en sus reglamentos internos, de manera posterior a la culminación del período de matrícula ordinaria.  c) Matrícula especial.- Es aquella que, en casos individuales excepcionales, otorga la IES mediante los mecanismos definidos internamente en sus reglamentos, para quien, por circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente documentadas, no se haya matriculado de manera ordinaria o extraordinaria. Esta matrícula se podrá realizar de manera posterior a la culminación del período de matrícula extraordinaria.

 

Que, por otra parte el Reglamento de Régimen Académico del CES, en el artículo 76 determina que: “Los estudiantes regulares son aquellos que cursan sus estudios con fines de titulación y están matriculados al menos en el sesenta por ciento (60%) de todas las materias o créditos que permite su malla curricular en cada período. Cada IES definirá y publicará para conocimiento de sus estudiantes, el mecanismo de cálculo…”.

 

Que, el artículo 13 del Estatuto de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, manifiesta que: “Son deberes y atribuciones de las y los estudiantes de la Universidad, los siguientes: d) Pagar oportunamente la matrícula, aranceles y derechos establecidos por la Universidad, en base a la regulación del Consejo de Educación Superior”.

 

Que, el artículo 201 del Estatuto de la USGP, manifiesta “El aspirante que haya sido admitido en la Carrera deberá cumplir en forma oportuna todos los procedimientos previstos con las exigencias propias de los requisitos académicos y administrativos de la matrícula”.

Que, el artículo 211 del Estatuto de la USGP expresa: “Para ser efectiva la matrícula se requiere el cumplimiento de los siguientes requisitos: a) Certificación de los resultados académicos obtenidos por el estudiante en el período inmediatamente anterior; b) Expedición de la orden de matrícula por la Tesorería de la Universidad.  c) Realización del pago de los derechos de matrícula dentro de los plazos establecidos; d) Definición de los componentes educativos que se cursarán y del número de créditos que formarán parte de la matrícula”.

Que, el artículo 205 del Estatuto de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, expresa: “La Matrícula es el proceso por el cual un aspirante se incorpora a la Universidad y adquiere su calidad de estudiante regular, queda adscrito a un programa académico, y asume el compromiso de cumplir con todos los Reglamentos y normas de la Universidad”.

Que, el artículo 17 del Reglamento de Funcionamiento de las Carreras y Consejos Académicos de Áreas de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, determina: “Trámite de matrícula: El estudiante deberá solicitar la matricula mediante la especie valorada respectiva ante la secretaría de su carrera, adjuntando los requisitos necesarios establecidos en el presente Reglamento, dependiendo de su condición y tipo de matrícula”. 

Que, el artículo 35 del Reglamento de Funcionamiento de las Carreras y Consejos Académicos de Áreas de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, expresa “Competencias exclusivas del Consejo Universitario. Los coordinadores y Consejos Académicos de Carreras no podrán conocer y resolver asuntos que corresponden a la competencia exclusiva del Consejo Universitario, los cuales son: 1. Solicitudes de matrículas especiales…”.

Que, con fecha 16 de noviembre del año 2023, mediante correo institucional, la estudiante Andreina Jamileth López Navia, presenta ante la Rectora de la USGP Doctora Ximena Guillén Vivas, una solicitud de matrícula especial, expresando lo siguiente: Yo, LÓPEZ NAVIA ANDREINA JAMILETH, con C.I. 1314848498, me dirijo a usted para solicitarle de manera comedida se me permita realizar el proceso de matriculación para el 9no Nivel de la Carrera de Artes Escénicas fuera de las fechas establecidas por la universidad. Por motivos de falta de recursos económicos no he podido realizar mi matriculación a tiempo como en los niveles anteriores; siendo una artista que vive de su arte día a día y con el cual logro pagar mi carrera universitaria, estos últimos meses del año han sido muy difíciles en poder conseguir trabajos y por ende no he logrado reunir el valor completo de mi matrícula, siendo congruente y responsable con mi petición, aseguro tener el pago de mi matrícula a penas me den autorización a la misma. Esperando su comprensión y pronta respuesta, quedo agradecido. Saludos cordiales...

Que, la petición de formulada por la estudiante Andreina Jamileth López Navia, ha sido apostillada por la Rectora Dra. Ximena Guillén Vivas, para el conocimiento y resolución del Consejo Universitario.

 

En ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 45 letras h) y x) del Estatuto de la Universidad San Gregorio de Portoviejo, el Consejo Universitario de esta institución de Educación Superior:

RESUELVE:

PRIMERO: Acoger la petición formulada por la estudiante Andreina Jamileth López Navia, sustentada en la documentación de descargo, con la cual solicita matrícula especial para el semestre octubre 2023 – marzo 2024 en la Carrera de Artes Escénicas.

 

SEGUNDO: Conceder matrícula especial para el periodo académico octubre 2023 – marzo 2024, a la estudiante Andreina Jamileth López Navia, en la Carrera de Artes Escénicas.

 

TERCERO: Solicitar a la Coordinación de la Carrera de Artes Escénicas; y a la Dirección Financiera de la institución, instrumenten lo pertinente, en cuanto al registro de matrícula especial de la estudiante Andreina Jamileth López Navia, para el periodo académico octubre 2023 – marzo 2024.

 

CUARTO:  Disponer a la estudiante Andreina Jamileth López Navia, que realice sus trámites académicos conforme a las directrices de la Carrera, dejando en claro que la autorización de matrícula especial, no le justificará las faltas de asistencia generada en este período académico.

 

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA: Notificar el contenido de la presente resolución a la Directora General Financiera, a la Coordinación de la Carrera de Artes Escénicas; y a la estudiante Andreina Jamileth López Navia, para el cumplimiento de lo resuelto en el presente acto.

 

SEGUNDO: Disponer que el presente acto sea publicado en la página web de la USGP.